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Pasa a tercer debate el proyecto de ordenanza que solicita vigencias futuras para el Plan Parcial de La Nubia

Durante el segundo debate en plenaria del proyecto de Ordenanza No 46 “Por medio de la cual se autoriza al gerente general de Inficaldas para que asuma obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras ordinarias con destino al proyecto Plan Parcial La Nubia”, la diputada María Isabel Gaviria dio a conocer dentro de la ponencia la modificación en el artículo cuarto e incluir que se tenga en cuenta otras comunidades o personas interesadas, como lo propuso su homóloga, Jesica Quiroz Hernández.

Dado lo anterior, los artículos del Proyecto de Ordenanza No 046 aprobados en segundo debate en plenaria con una votación de 6 votos negativos y ocho votos positivos son:

Artículo Primero: autorizar al Gerente General de INFICALDAS para que asuma obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras ordinarias con destino al proyecto plan parcial La Nubia, así:

Año 2021: 251 millones 259.824 pesos (15% del valor total de la vigencia futura)
Año 2022: 1.091 millones 433.874 pesos
Año 2023: 328 millones 569.761 pesos
Total, vigencia futura: 1.420 millones 003.635 pesos
Total, proyecto: 1.671 millones 263.459 pesos

Artículo Segundo: a partir de la fecha de la celebración del contrato para el proyecto Plan Parcial de la Nubia y hasta su finalización, el gerente de Inficaldas deberá presentar a la Asamblea de Caldas en cada periodo de sesiones ordinarias un informe de avance del proyecto, el cual debe contener como mínimo lo siguiente:

  • La metodología utilizada para la participación permanente de la comunidad del área de influencia y los indicadores utilizados para la recolección de información y sus resultados en el diseño del plan.
  • Resultados demográficos de la caracterización de la comunidad afectada con el proyecto.
  • Los mecanismos o herramientas tecnológicas de difusión de la información utilizados para mantener permanentemente informada a la comunidad afectada.
  • Dificultades técnicas, jurídicas, financieras o de otra índole y cómo se han superado.
  • Avances en el desarrollo ambiental, educativo, residencial, comercial y/o de servicios.
  • Evaluación técnica, financiera, jurídica y administrativa de la supervisión del contrato del proyecto del Plan Parcial de la Nubia.
  • Adiciones, prórrogas y modificaciones en general que haya sufrido el contrato celebrado para el proyecto del Plan Parcial de la Nubia y sus justificaciones.

Artículo Tercero: antes de la adopción del plan de negocios por Inficaldas, el gerente de la entidad deberá presentarlo a la Asamblea de Caldas para su conocimiento, con todos los documentos de soporte y análisis jurídico y financiero.

Artículo Cuarto: la participación de la comunidad del área de influencia, de otras comunidades o personas interesadas en la construcción del Plan Parcial de La Nubia, deberá ser permanente y con una vigencia mínima de hasta 1 año a partir del inicio del contrato que se celebre para el proyecto.

Artículo Quinto: en razón a la naturaleza jurídica de bienes de uso público de los predios que conforman el Aeropuerto La Nubia, estos solo podrán ser enajenados una vez se produzca su desafectación o pierdan su calidad de uso público, mediante el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 6 de la Ley 9 de 1989.

Artículo Sexto: la presente Ordenanza rige a partir de la fecha de su publicación. El tercer debate de este Proyecto de Ordenanza continuará este viernes a las 9:00 a.m.

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