EconomíaManizales

INVAMA actualizará las tarifas del impuesto del alumbrado público para este 2024

El Instituto de Valorización de Manizales (Invama) informó que realizará un ajuste de tarifas del impuesto de Alumbrado Público del presente año, conforme a lo establecido en el Concejo de Manizales mediante el Acuerdo 1151 del 22 de diciembre de 2023.

Dicha actualización se efectuará teniendo en cuenta el índice de Precios al Consumidor (IPC), certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) al 31 de diciembre de la vigencia anterior, en lo relacionado con los sujetos pasivos residenciales urbano y rural con base en su estrato de la siguiente manera:

Estrato o ClaseTARIFA 2024
Residencial Estrato 1$                         1.300
Residencial Estrato 2$                         3.400
Residencial Estrato 3$                         9.200
Residencial Estrato 4$                      14.000
Residencial Estrato 5$                      23.600
Residencial Estrato 6$                      30.500
Rural$                         1.300

De la misma manera, para los sujetos pasivos industrial, comercial, oficial y otros, el ajuste se hará teniendo en cuenta el Acuerdo 1151, la Unidad de Valor Tributario (UVT) certificada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), según resolución 000187 del 28 noviembre del año anterior, la cual es de $47.065:

  INDUSTRIAL, COMERCIAL, OFICIAL Y OTROVALOR A PAGAR TARIFA MÍNIMA UNIDAD DE LA UVTTARIFA AÑO 2024
Consumo menor igual a 500 kWh-mes147.065
Consumo mayor a 500 kWh-mes menor-igual a 5.0001,151.772
Consumo mayor a 5.000 kWh-mes menor-igual a 10.00010470.650
Consumo mayor a 10.000 kWh-mes menor-igual 20.00015705.975
Consumo mayor a 20.000 kWh-mes menor-igual a 30.000401.882.600
Consumo mayor a 30.000 kWh-mes menor-igual a 55.000502.353.250
Consumo mayor a 55.000 kWh-mes1004.706.500

Por otra parte, se les aplicará tarifa con base al UVT de $47.065 a los autogeneradores, cogeneradores de energía eléctrica. Se tomará con base a su capacidad instalada, como parámetro válido para establecer la base gravable y la tarifa del impuesto de usuarios que realizan actividades relacionadas con la generación de energía, así:

ACTIVIDADTARIFA EN UVT POR CADA MES POR UNIDAD DE COBRO MAXIMO POR ACTIVIDAD
 Actividades de generación, autogeneración con plantas menores a 10 MVV50 UVT (POR LA ACTIVIDAD)
Actividades de generación, autogeneración con plantas mayores igual a 10 MVA y menores a 20 MW100 UVT (POR LA ACTIVIDAD)
Actividades de generación, autogeneración con plantas mayores a 20 MVA150 UVT (POR LA ACTIVIDAD)

El incumplimiento en el pago del Impuesto del Alumbrado Público, dentro de los plazos fijados, genera intereses moratorios mensuales, según los términos y condiciones señalados en el Estatuto Tributario.

BC Noticias

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