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Ciudadanos de estratos 1,2 y 3 que no tengan para un abogados podrán acceder a uno en la Jornada de Conciliatón


Ofrecer servicios totalmente gratuitos de conciliación extrajudicial en derecho y en equidad,  buscando terminar algunos litigios a los ciudadanos de población vulnerable y estratos  1, 2 y 3 es el objetivo de la V Jornada Nacional de Conciliatón, que se realizará los días 21 y 22 de octubre en Caldas.
 
Esta estrategia es liderada por el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Secretaria de Gobierno del departamento. Los ciudadanos que estén interesados en participar podrán acudir a conciliar a las alcaldías de su municipios, casas de justicia, centros de convivencia ciudadana, centros de conciliación públicos y privados, consultorios jurídicos, comisarías de familia, notarías, personerías, defensorías de familia, inspecciones de policía, entre otros puntos habilitados para la jornada. Solo hasta el 15 de octubre se pueden agendar las citas.
 
El secretario de Gobierno de Caldas, Jhon Jairo Castaño Flórez, afirmó que con esta Conciliatón lo que se busca, en unión con el Ministerio de Justicia y del Derecho, es que exista mejor convivencia en el departamento.
 
“Teniendo en cuenta que la mayor parte de los delitos, sobre todo el homicidio y las lesiones personales, se cometen con ocasión de hechos de intolerancia en un 72%, creemos que con esta conciliatón podemos prevenir que se comentan esos delitos y que se llegue a la justicia por propia mano, teniendo en cuenta que hoy la ley y la constitución permite que podamos arreglar nuestras diferencias a través de estos mecanismos alternativos de resolución de conflictos”, enfatizó Castaño.
 
¿Qué efectos legales tiene la conciliación?
 
El acta de conciliación hace tránsito a cosa juzgada, es decir que los acuerdos adelantados antes los respectivos conciliadores aseguran que lo consignado en ellos no sea de nuevo objeto de debate a través de un proceso judicial o de otro mecanismo alternativo de solución de conflictos. De otra parte, el acta de conciliación presta mérito ejecutivo, esto es que cuando el acta de conciliación contenga una obligación clara, expresa y exigible será de obligatorio cumplimiento para la parte que se imponga dicha obligación.
 
¿Qué otros asuntos se pueden conciliar durante la jornada de conciliatón?
– Fijación cuota alimentaria.
– Responsabilidad extra-contractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales.
– Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas.
– Propiedad horizontal particularmente cuota de administración obligaciones en general
– Restitución de inmueble arrendado.
– Liquidación de la sociedad conyugal.
– Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho.
– Conflictos de convivencia.
– Custodia de hijos y regulación de visitas.
– Asuntos laborales.
– Lesiones personales culposas.
 – Accidentes de tránsito sin lesiones.
– Daño en bien ajeno.
– Injuria y calumnia cuando no trascienda.
– Abuso de confianza.
– Injuria y calumnia indirecta.
 
¿Qué no se puede conciliar?
 
De familia, penales, tránsito, civiles, comercio, arrendamiento, agrarios, ambientales, policivos y administrativos.
 
Fecha máxima para inscripción
Hasta el 15 de octubre las personas podrán agendar sus audiencias.
 

BC Noticias

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