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En Manizales impondrán multas ambientales a quienes le den un mal manejo a las basuras

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A partir de hoy la Secretaría de Gobierno impone multas ambientales a los ciudadanos que incumplan el Artículo 111 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, el cual establece los comportamientos contrarios a la limpieza y
recolección de residuos y escombros, así como las malas prácticas habitacionales.

El arrojar basuras indiscriminadamente es una de las conductas que más preocupa a los ciudadanos, y hasta el momento para combatirlo solo se estaban realizando intervenciones pedagógicas. Sin embargo, las autoridades ambientales consideraron pertinente iniciar con los procesos sancionatorios.

Por eso, el programa de Sellos Verdes de la Secretaría de Gobierno, en compañía de la Secretaría de Medio Ambiente y de la Policía Metropolitana, emprenden desde hoy operativos sancionatorios de las siguientes conductas que afectan el medio ambiente:

  1. Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio o en sitios diferentes a la residencia o domicilio.
  2. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura.
  3. Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público, no acordados ni autorizados por autoridad competente.
  4. Esparcir parcial o totalmente en el espacio público o zonas comunes el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección.
  5. Dejar las basuras esparcidas fuera de sus bolsas o contenedores, una vez efectuado el reciclaje.
  6. Disponer inadecuadamente de animales muertos no comestibles o partes de estos dentro de los residuos domésticos.
  7. Dificultar de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros, sin perjuicio de la actividad que desarrollan las personas que se dedican al reciclaje.
  8. Arrojar basura, llantas, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.
  9. Propiciar o contratar el transporte de escombros en medios no aptos ni adecuados.
  10. Improvisar e instalar sin autorización legal contenedores u otro tipo de recipientes con destino a la disposición de basuras.
  11. Transportar escombros en medios no aptos ni adecuados.
  12. No recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada.
  13. Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodos, combustibles y lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento.
  14. Permitir la presencia de vectores y/o no realizar las prácticas adecuadas para evitar la proliferación de los mismos en predios urbanos.
  15. No permitir la realización de campañas de salud pública para enfermedades transmitidas por vectores dentro de los predios mencionados en el anterior inciso.

Desde la Secretaría de Gobierno se ha insistido en múltiples campañas pedagógicas en la recolección y manejo de basuras en los diferentes barrios a través del programa Sellos Verdes, con el cual se han realizado diferentes capacitaciones en varios sectores. Sin embargo, a pesar de estas estrategias, continúa la falta de cultura ciudadana en el manejo de las basuras.

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