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Alcaldía presentó proyecto ante el Concejo para determinar la tasa de participación de plusvalía en Manizales

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La Administración Municipal presentó esta semana al Concejo de Manizales el Proyecto de Acuerdo 077, por el cual se dictan disposiciones en materia de Plusvalía en Manizales. El concejal ponente será, Cesar Augusto Díaz Zapata del Partido Liberal.

El secretario de Planeación Daniel Mauricio Quiceno Arcila indicó que este Proyecto de Acuerdo lo presentan dada la realidad económica y social de la ciudad, “tenemos que los artículos 236 del Acuerdo 0958 de 2017 y artículo 8º del Decreto 0644 de 2019 establecieron que la tasa de participación en nuestro municipio sería del 50%. Nos encontramos ante una tasa que no se muestra acorde con la realidad social y económica de nuestros ciudadanos ni ayuda al cumplimiento de los fines previamente señalados. Es un hecho notorio la situación generada por la pandemia ocasionada por la Covid-19, que ha causado una profunda crisis economía a nivel mundial. Nuestro Municipio y nuestros ciudadanos no han sido ajenos a esta afectación patrimonial, siendo un deber actual de la administración el fomentar la reactivación económica, incentivar la inversión en nuestro municipio y fomentar el crecimiento de la ciudad”.

Dentro de los propósitos del Proyecto están:

  • Fomentar el crecimiento y la reactivación del municipio, realizando un ajuste del monto de la participación de la plusvalía del cincuenta por ciento (50%) al treinta por ciento (30%).
  • Aumentar la competitividad en la región, teniendo en cuenta que la mayoría de los municipios del País que han adoptado la participación de plusvalía lo han hecho sobre el treinta por ciento (30%) que permite la normativa vigente.
  • Otorgar facultades al Alcalde que permitan estructurar adecuadamente la reglamentación e implementación de la participación en plusvalía y demás asuntos relacionados.
  • Agrupar en un solo compendio normativo los postulados relacionados con la participación en plusvalía

“Lo anterior no solo garantizará la reactivación económica de nuestra ciudad, sino que nos permitiría estar acorde con la tendencia prevalentes en diversos municipios del país, haciéndonos competitivos y atractivos para la inversión inmobiliaria en nuestro territorio”, expuso el funcionario.

Cabe resaltar que la Administración Municipal inició la “Implementación de la Ruta Plusvalía”, mediante la cual se están adelantado todos los ajustes que permitan llevar un proceso equitativo y garante con la ciudadanía, “se considera este el momento oportuno para proceder a realizar la modificación en el monto de la participación, e incentivar con ello el pago del tributo por cada uno de los propietarios, garantizando además que los actos de transferencia de dominio sean exclusivamente aquellos provenientes de la autonomía de la voluntad privada”, expresó Quiceno Arcila.

Durante las intervenciones de los concejales Luis Gonzalo Valencia, preguntó por las familias que, ya pagaron este tributo, con el 50% “tengo entendido que cerca de 450 familias ya pagaron, entonces que va pasar con ellas, incluso hay unas demandas”.

Ante esto el secretario respondió que actualmente ese cobro se suspendió y que hasta ahora nadie ha pagado la plusvalía, “se hizo un procedimiento administrativo que liquidó la plusvalía, el cual fue sujeto de recursos de reposición y dentro de la primera ruta hicimos diálogos con la comunidad lo que llevaron a revocar esos actos”, puntualizo, el secretario.  

Los artículos presentados son:

Artículo primero: determinar la tasa de participación de plusvalía en el treinta (30%) del mayor valor por metro cuadrado.

Artículo segundo: Autorizar o facultar al Alcalde Municipal para expedir los ajustes en la reglamentación e implementación de la participación en plusvalía y demás asuntos relacionados, de conformidad con lo establecido en la Ley 388 de 1997, los Decretos Nacionales Reglamentarios 1420 de 1998, 1788 de 2004 y demás normas que reglamenten o modifiquen.

Artículo tercero: Derogatoria y vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su

publicación y deroga las disposiciones qué le sean contraria.

Artículo cuarto: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

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