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Tres congresistas caldenses aprobaron proyecto que busca silenciar a la prensa por denunciar la corrupción

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La Cámara de Representantes aprobó un artículo que limitaría la acción de los periodistas ante posibles denuncias por corrupción. El artículo es el número 68, que hace parte del Proyecto de Ley Anticorrupción; y que es promovido por el congresista César Lorduy, del partido Cambio Radical.

El artículo señala que “cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un servidor público o ex servidor público; sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria y la utilice para cometer el delito; el juez de control de garantías o el juez de conocimiento, según el caso, previa solicitud del fiscal o la víctima, ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece”.

Además, apunta que, “quien pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público; denunciando hechos falsos sobre él o su familia; incurrirá en prisión de 60 a 120 meses y multa de 13,33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.

Lo que llama la atención es que hay tres representantes por Caldas que hicieron parte de este selecto grupo de congresistas, se trata de Félix Chica, del Partido Conservador; Fernando Gómez, del Centro Democrático; y Óscar Tulio Lizcano, del Partido de la U. Dos de ellos buscan repetir curul, Chica y Chano Gómez.

«El que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses», dice el artículo de la futura ley anticorrupción, que sigue su trámite legislativo.

El Código Penal actualmente estipula la calumnia y la injuria de forma general y no solo para servidores públicos con penas de prisión de 16 a 72 meses, después de otra enmienda de 2004.

Entre tanto la Fundación para la libertad de prensa señaló que se trata de una norma decididamente regresiva contra la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos. En el debate se evidenció que un sector político ve con recelo a la prensa y está tramitando inconformidades personales a través del sistema legislativo, a tal punto que durante el debate se cuestionaron garantías de suma importancia para la actividad periodística como la presunción de buena fe y la rectificación. Para adoptar medidas para la transparencia, prevención y lucha contra la corrupción no se puede establecer un sistema de control de la prensa y el flujo de información en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad de la información, tal y como lo pretendió justificar el ponente César Lorduy, congresista del partido Cambio Radical.

El apoyo de 73 representantes a la imposición de estas medidas desproporcionadas y aleccionadoras contra la prensa, en contravía de todas las advertencias de su efecto censurador, revela un poder legislativo que rechaza la veeduría ciudadana y, en su lugar, ejerce el poder con un fin intimidatorio, un mensaje nefasto para la libertad de expresión en el país. El artículo en cuestión mantiene la opacidad, en contravía del propósito del proyecto de ley, sofoca el debate público y crea un terreno fértil para la corrupción impidiendo a la prensa y a las organizaciones de sociedad civil cumplir su rol de perro guardián en una sociedad democrática.    

Además de la evidente inconstitucionalidad del artículo y su desconocimiento de los estándares interamericanos, la inconveniencia es clara. Cuando los y las periodistas están frente al riesgo de ser sancionados penalmente, tienden a autocensurarse, afectando gravemente el libre flujo de información en una sociedad democrática, en especial en las regiones. 

«Por lo anterior, hacemos un llamado a la Comisión que conciliará el texto definitivo del proyecto de ley, para que lo retire, y en caso de ser incluido, exhortamos al presidente Iván Duque para que objete parcialmente el Proyecto de Ley Anticorrupción, en particular el artículo 68 ya que es inconstitucional. La FLIP y las organizaciones firmantes, continuaremos revisando el curso de este proyecto de ley y adoptaremos las medidas legales para que se declare la inconstitucionalidad de dicha norma», señaló la Flip.

Esta organización considera que la ley «promueve el uso de la vía penal como sanción a la libertad de expresión», con penas de hasta 10 años, por lo que desalienta a los periodistas en sus investigaciones de funcionarios públicos que puedan estar incurriendo en actos de corrupción.

Además, la ley crea «un fuero extraordinario de protección de las y los funcionarios públicos, lo que resulta contrario al propósito de promover estrategias de transparencia», y que antes no existía.

También se imponen multas millonarias, de hasta 1.359 millones de pesos, para quienes sean condenados por estos nuevos delitos.

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) también había alertado la semana pasada del peligro que entraña este proyecto de ley y pidió que se eliminara porque representa un «peligro similar al que promovían las leyes de desacato que proliferaron en América Latina en décadas pasadas».

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