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Minería ilícita de oro aluvial en zona rural de Norcasia generó impactos negativos sobre los recursos naturales

El pasado 30 de julio, la Autoridad Ambiental acompañó a funcionarios de la Policía Nacional – Seccional Caldas (Grupo de Carabineros, Sijin y Emcar 93 Nacional), Batallón Ayacucho y CTI – Fiscalía, a una visita de campo a la vereda El Jagual del municipio de Norcasia, con el propósito de emitir un concepto técnico relacionado con los daños ambientales asociados a una presunta explotación ilícita a cielo abierto de oro aluvial.

Durante el recorrido se observó la explotación de oro aluvial a través de ocho minidragas, actividad que se desarrollaba bajo el nivel de agua en los depósitos que conforman el lecho del río Manso, con el propósito de recuperar el oro existente dentro de los materiales (arenas y gravas) que componen dichos depósitos aluviales. En el lugar encontraron siete individuos que realizaban las explotaciones mineras ilegales con equipos y elementos mineros como: minidragas de fabricación artesanal, canecas plásticas, motobombas, mangueras y galones de gasolina, entre otros. Los presuntos responsables y la herramienta utilizada quedaron a disposición de la Policía Nacional.

Las personas no aportaron documentos que respaldaran la legalidad de la actividad de explotación de oro de filón como el Título Minero y la Licencia Ambiental, conforme a lo estipulado en la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015. Tampoco se encontraron documentos o permisos que se asociaran al uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales identificados, como Concesión de Aguas, Permiso de Vertimientos, Aprovechamiento Forestal o para el transporte del material vegetal.

Los impactos negativos o daños identificados sobre el medio ambiente y los recursos naturales en un área afectada de 570 m2, fueron:

  • Contaminación de las aguas del río Manso por el aporte de sedimentos y/o rocas provenientes de las labores de beneficio la extracción y lavado del material (lavado de arenas y gravas).
  • Contaminación del suelo por el vertimiento directo de aguas no domésticas cargadas con sólidos (vertimientos industriales), provenientes de las labores de beneficio minero.
  • Inadecuada disposición de residuos sólidos ordinarios (recipientes y empaques plásticos y papel, entre otros).
  • Pérdida de especies forestales como: surrumbo (Trema micrantha), cordoncillo (Piper aduncum), balso (Ochroma pyramidale), yarumo (Cecropia peltata) y samán (Samanea samán), entre otros.
  • Alteración del hábitat de especies de anfibios, reptiles, aves y mamíferos, provocando su desplazamiento y afectando los procesos de dispersión de semillas e intercambio genético.

Cabe anotar que dentro del área de protección de la faja forestal protectora y/o llanura de inundación de cualquier corriente de agua (30 metros), no se puede desarrollar ninguna actividad de explotación minera sin autorización, de acuerdo con lo establecido en los Planes de Ordenamiento Territorial Municipales aprobados y lo estipulado en el Decreto No. 1076 de 2015.

Corpocaldas trasladará copia del informe a la Alcaldía de Norcasia y la Policía Nacional, seccional Caldas para lo de su competencia, según el Artículo 306 de la Ley 685.

BC Noticias

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