Manizales

Manizales tuvo 38.4 % menos casos de quemados por pólvora

La Alcaldía de Manizales y la Secretaría de Salud Pública informaron que, a corte del 12 de enero del 2021, se registró una disminución de lesionados por pólvora del 38.4%. Es decir, ocho casos (cuatro adultos y cuatro menores de edad) desde que empezó la medición el pasado el 1 de diciembre de 2020.

Al comparar esta estadística con la del periodo 2019-2020, se evidencia la reducción de cinco casos ya que, en enero del año pasado, a esta fecha, se registraron 13 lesionados por pólvora en Manizales.

Aunque no hay nada que celebrar, ya que el propósito del Ministerio de Salud y la Protección Social es que no se presenten afectados por el uso de pólvora, sí es importante dar a conocer la reducción en el número de quemados, señaló la Secretaría de Salud Pública.

La Administración Municipal sigue haciendo un llamado a los padres de familia para que hablen con sus hijos, compartan los riesgos de usar pólvora y conozcan el poder que tiene para cambiar la historia de vida de los niños, jóvenes y adultos, no sólo por la afectaciones físicas y emocionales, sino por los procesos que debe atender un padre o representante legal en caso de que un menor si resultado lesionado, como puede ser hasta la pérdida de la patria potestad.

“Hasta el momento, el balance de la campaña para prevenir la fabricación, distribución, venta y manipulación de pólvora en Manizales nos permite informar que, a la fecha, se han registrado cinco lesionados menos que en el periodo 2019-2020. Seguimos trabajando con pedagogía para evitar nuevos casos y siempre con el propósito de llegar a cero quemados por su manipulación”, declaró Carlos Humberto Orozco Téllez, secretario de Salud Pública de Manizales.

La ruta de atención para niñas, niños y adolescentes afectados o quemados con pólvora está diseñada por varias entidades del Estado que tienen la obligación de garantizar los derechos fundamentales de toda la población menor de edad, en compañía también de sus familias.

Establece que todos los menores de edad deberán ser atendidos de forma inmediata por el sector salud. Esto quiere decir que todas las entidades, bien sea públicas o privadas, deben brindar la atención médica y especializada que requieran. También tienen la obligación de remitir todos los casos que se presenten ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o ante una Comisaría de Familia.

Allí se deberá verificar la garantía de los derechos, para así adoptar las medidas administrativas que permitan un restablecimiento efectivo. También se deben verificar las circunstancias bajo las cuales se dieron los hechos, a fin de determinar si será necesario interponer denuncias en contra de sus cuidadores o los adultos que los incitaron o permitieron el uso de pólvora.

“Dicho todo esto, desde el ICBF y la Alcaldía de Manizales queremos invitarlos a evitar a toda costa que nuestros niños, niñas y adolescentes usen pólvora”, añadió Ricardo Salcedo Muñoz, defensor de familia del ICBF en la regional Caldas, centro zonal especiales 2, especializado en protección.

El profesional explicó que una de las medidas correctivas es la amonestación. Consiste en hacer un llamado por escrito a los progenitores que tengan bajo su cuidado los menores, remitirlos a un curso pedagógico en la Defensoría del Pueblo, para fortalecer sus habilidades y herramientas parentales.

No obstante, el defensor o comisario de familia tiene también la obligación de informar al municipio, en este caso la Alcaldía de Manizales, para que se interpongan las acciones administrativas a las que haya lugar. Estas sanciones pueden ser de carácter pecuniario (en dinero) o cívico, lo que implica que el ente territorial podrá imponer sanciones de hasta cinco Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes o una sanción pedagógica para que los adultos participen en actividades de prevención.

Además, el defensor también deberá informar a la Fiscalía General de la Nación, al ser este el ente encargado de investigar si existieron delitos en el marco del incidente en el cual el menor resultó quemado.

La autoridad deberá adelantar un proceso administrativo de restablecimiento de derechos en el cual, no solamente se podrá definir una amonestación, sino que también se deberá retirar al niño de su medio familiar cuando fuere necesario. Es decir, cuando no exista garantía de derechos en su medio familiar de origen o en el medio familiar en el que se encuentre.

BC Noticias

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