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Gobierno Nacional radica proyecto de ley contra la explotación ilícita

Los Ministerios de Minas y Energía, Defensa, Justicia, y Ambiente y Desarrollo Sostenible radicaron ante la Comisión primera del Senado de la República el proyecto de ley que busca fortalecer las medidas para la erradicación de la explotación ilícita de minerales, con instrumentos que permitan judicializar con mayor contundencia toda la cadena relacionada con este flagelo que atenta contra el medio ambiente y las comunidades.

“La minería ‘con todas las de la ley’ cumple con altos estándares técnicos, sociales y ambientales, y genera recursos que se traducen en obras y beneficios para el país y las regiones. Por el contrario, la explotación ilícita de minerales atenta contra el medio ambiente, se apropia de recursos de todos los colombianos y es una de las principales fuentes de financiamiento del crimen organizado. El país cuenta con pocas herramientas para combatirlo y por eso este proyecto de ley busca poner mano dura contra este delito”, señaló el Ministro de Minas y Energía, Diego Mesa.

A su turno, el Ministro de Defensa, Holmes Trujillo, resaltó que este proyecto de ley tiene como propósito fundamental establecer medidas más severas en materia penal y sancionatorias en materia ambiental, además de facultar a la Fuerza Pública y a la Fiscalía General de la Nación con las herramientas jurídicas necesarias que les permitan perseguir toda la cadena criminal de explotación, producción, beneficio y comercialización de minerales.

“El agua, el ambiente y la biodiversidad son activos estratégicos de la Nación y así lo reconoce el gobierno del Presidente Iván Duque. Sin embargo, el narcotráfico y la explotación ilícita de minerales se han convertido en los principales destructores de nuestros recursos naturales, pues están entre las principales fuentes de financiación de los Grupos Armados Organizados. A los criminales que se valen de estas actividades ilegales no les importa usar sustancias tan tóxicas como el mercurio y el cianuro, que causan daños irreversibles a nuestros ecosistemas, a nuestra fauna y a nuestra flora”.

La explotación ilícita de minerales es la cuarta causa de deforestación según el informe del IDEAM 2019 y, de acuerdo con el estudio de evidencias de oro de aluvión (EVOA), realizado por el Ministerio de Minas y Energía y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC, la explotación ilícita de oro ascendió a 65.000 hectáreas en 2018. Afecta, principalmente, a los departamentos de Antioquia, Nariño, Cauca, sur de Bolívar y Chocó, con reportes en tres Parques Nacionales Naturales: Puinawai, ubicado en territorios de los departamentos de Guainía, Vichada, Vaupés, Guaviare y Caquetá; Paramillo, ubicado en Antioquia y Córdoba; y Farallones, en el Valle del Cauca.

“Estas actividades de extracción ilícita de minerales generan impactos sobre el ambiente afectando los recursos agua, aire, suelo y biodiversidad en las zonas intervenidas. En este sentido, este proyecto de ley es un instrumento adicional a los ya existentes en la lucha contra la deforestación, la contaminación de los suelos, aire, agua, flora y fauna por sustancias químicas como el mercurio”, señaló Ricardo Lozano, Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Se estima que a partir de 2016, cuando iniciaron los controles sobre la comercialización de oro, se dejó de reportar una producción de este mineral de 30 toneladas año, lo que equivale a un valor comercial de alrededor de $3,6 billones de pesos. Esto representa aproximadamente $140 mil millones de pesos en regalías dejadas de percibir durante el año 2019, con lo cual se podrían haber construido unas 1.400 viviendas de interés social.

El proyecto de ley contra la explotación ilícita de minerales se suma a otros esfuerzos del Gobierno Nacional en busca de la legalidad, como la formalización minera. Muchos mineros tradicionales tienen la voluntad de iniciar este camino. Por esta razón, desde la institucionalidad se han creado herramientas para facilitar el tránsito de alrededor de 27.000 de ellos a la legalidad, de los cuales 12.000 ya han iniciado este proceso.

¿Por qué es necesario cambiar la ley?

Pese a que la explotación ilícita de minerales es un flagelo que desde hace varios años está atentando contra el medio ambiente, y generando conflictos sociales y económicos, el país cuenta con pocas herramientas para combatirlo.

El delito de explotación ilícita de minerales tiene penas bajas y no cuenta con conductas agravantes, como la explotación en Parques Nacionales Naturales o áreas protegidas, así como el uso de mercurio o explosivos en la actividad extractiva.

Actualmente, explotar minerales sin tener un título minero o habilitación legal minera no es suficiente para ser considerado un delito. Se debe demostrar, además, la “gravedad” del daño ambiental, lo cual dificulta su tipificación.

A pesar de la prohibición del uso del mercurio en actividades mineras, existen evidencias del elevado contenido de mercurio en zonas como la Mojana y la Amazonía, donde la actividad minera se encuentra prohibida o restringida.

Principales objetivos del proyecto de ley

Este proyecto de ley busca fortalecer los instrumentos jurídicos existentes con el fin de dotar al Estado con herramientas penales, administrativas y sancionatorias para luchar contra la cadena criminal de este fenómeno en todos los eslabones de explotación, aprovechamiento y comercialización ilícita de minerales y demás actividades relacionadas con estas conductas.

Además, generar las herramientas necesarias para contrarrestar la explotación ilícita de minerales en los ecosistemas estratégicos, reducir los daños ambientales, proteger las cuencas hídricas, reducir los impactos sociales y económicos, y las demás actividades relacionadas como la exploración, explotación, beneficio, transporte y comercialización.

Con el proyecto de ley se lograría judicializar con mayor contundencia a quienes desarrollen este delito en Parques Nacionales Naturales y se podrían iniciar procesos de restauración ambiental por parte de los implicados.

El proyecto de ley cuenta con componentes ambientales, penales, mineros y medidas especiales, entre las que se destacan los agravantes por desarrollarse en zonas protegidas y por financiación del terrorismo, se tipifica el delito de tenencia, comercialización y uso de mercurio, se incrementan las penas para su judicialización (la pena mínima pasaría de 2 a 5 años), se adopta como medida especial el cierre de bocaminas a cargo de la fuerza pública previa verificación por parte de la Autoridad Minera, entre otros.

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