Este 28 de marzo vence el descuento del 10% para pagar Industria y Comercio en Manizales

La Alcaldía de Manizales informó que el próximo 28 de marzo es la fecha límite establecida para que los contribuyentes de actividad industrial, comercial o de servicios, realicen la declaración y cancelen el Impuesto de Industria y Comercio- ICA, con el 10% de descuento por pronto pago.

El impuesto grava el ejercicio de estas tres actividades que se realizan en la jurisdicción del Municipio de Manizales, con o sin establecimiento abierto al público; es decir toda persona natural, liberal o jurídica que durante el 2017 haya realizado cualquiera de ellas.

Al ser este un impuesto declarativo, el contribuyente es quien debe presentar la declaración, la cual puede diligenciarse directamente y de forma ágil y segura, a través de la página web de la Alcaldía de Manizales, www.manizales.gov.co/La ciudad/Formularios Impuestos -ICA; se sigue el paso a paso que se indica y el formulario liquida el impuesto, para posteriormente imprimir tres ejemplares.

El Grupo de Fiscalización de la Unidad de Rentas, brinda asesoría en su diligenciamiento, para lo cual debe presentar el libro fiscal de operaciones y el documento de identidad.

“Todas las personas naturales que ejercen profesiones liberales, que de acuerdo con la Ley 1819 del 2016, las actividades de servicios prestados son gravados con este impuesto, por lo que deben presentar la declaración del impuesto. Para ello se les invita a que se acerquen a la Unidad de Rentas a diligenciar el registro de información tributaria y posteriormente puedan tramitar sin inconvenientes el formulario disponible en la página web”, afirmó Óscar Diego Arango, jefe de la Unidad de Rentas.

Es importante resaltar que si no se desea cancelar con el descuento por pronto pago, tiene hasta el mes de mayo para realizarlo, de acuerdo con la Resolución 015 de 2017, en la que se estableció el calendario, de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o NIT del contribuyente.

Quiénes que no cuenten con la capacidad para cancelar en su totalidad el valor del impuesto, pueden diferirlo, pagando en la primera cuota el 25% y el 75% en tres restantes, que deben ser canceladas en los meses de julio, septiembre y noviembre; proceso que también puede realizarse en línea. El no cancelar en las fechas estipuladas acarrea sanciones.

De acuerdo a los reportes de la Unidad de Rentas, en Manizales se encuentran reportados 38 mil contribuyentes activos, y a los cuales se espera se sumen aproximadamente 3 mil más, provenientes del grupo de personas naturales, liberales o jurídicas.

De acuerdo a la Resolución No 015, los plazos para la declaración y liquidación del Impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios, quedó establecido de la siguiente manera:

00 al 05         Mayo 02 de 2018                          51 al 55         Mayo 17 de 2018

06 al 10         Mayo 03 de 2018                          56 al 60         Mayo 18 de 2018

11 al 15         Mayo 04 de 2018                          61 al 65         Mayo 21 de 2018

16 al 20         Mayo 07 de 2018                          66 al 70         Mayo 22 de 2018

21 al 25         Mayo 08 de 2018                          71 al 75         Mayo 23 de 2018

26 al 30         Mayo 09 de 2018                          76 al 80         Mayo 24 de 2018

31 al 35         Mayo 10 de 2018                          81 al 85         Mayo 25 de 2018

36 al 40         Mayo 11 de 2018                          86 al 90         Mayo 28 de 2018

41 al 45         Mayo 15 de 2018                          91 al 95        Mayo 29 de 2018

46 al 50         Mayo 16 de 2018                          96 al 99        Mayo 30 de 2018

 

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