En seis meses Código Nacional de Policía logró salvar 199 vidas en seis meses

 

En sus primeros seis meses de vigencia y pedagogía, el Código Nacional de Policía y Convivencia demostró que es unas de las herramientas más importantes para corregir y prevenir aquellos comportamientos que afectan las buenas relaciones ciudadanas en los vecindarios, lugares públicos y en los propios hogares colombianos.

Desde el 30 de enero, cuando comenzó a aplicarse la Ley 1801 de 2016 de manera pedagógica, a la fecha se lograron salvar 199 vidas, lo que representa una disminución del 9% en homicidios por cuenta de riñas.

Las reducciones más significativas se presentaron en Bogotá, con un 12 por ciento (59 casos menos que el mismo periodo del año pasado); Antioquia, 29 por ciento (26 casos menos); Cali, 14 por ciento (42 casos menos); Huila, 61 por ciento (43 casos menos) y Cauca, 18 por ciento (16 casos menos).

Así mismo, las lesiones personales tuvieron una caída del 23 por ciento, lo que representó que 14.690 personas no sufrieran heridas. Las principales reducciones se presentaron en Bogotá, con un 27 por ciento; Cundinamarca, 42 por ciento; Medellín, 25 por ciento; Cartagena, 41 por ciento, y Antioquia, 40 por ciento.

Durante la aplicación pedagógica, los uniformados atendieron 181.522 comportamientos contrarios a la convivencia en todo el país, es decir, un promedio de 1.003 por día o 42 por hora.

Entre estos se cuentan el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas en lugares públicos (36.486 casos); porte de armas, elementos cortantes o punzantes en lugares públicos (18.472); riñas (13.633); realizar necesidades fisiológicas en la calle (10.342) y ocupar el espacio público violando las normas vigentes (9.782). En total, se aplicaron 298.437 medidas.

Medidas correctivas

A partir de hoy, los 243 artículos de este instrumento fundamental dentro del Proceso de Modernización y Transformación Institucional (MTI), comienzan a regir a plenitud, con la aplicación de todas las medidas correctivas.

Los ciudadanos, la Policía Nacional, los inspectores de policía, las autoridades distritales y municipales y demás autoridades con facultades de policía, cuentan con un escenario eficaz para promover de manera conjunta valores como el respeto, la tolerancia, la sana convivencia, la solidaridad, la cultura ciudadana y la resolución de conflictos de manera pacífica.

Es importante que el código contempla 20 medidas correctivas y que tan solo una de ellas es de carácter económico, justamente la que desde hoy empieza a aplicarse de la siguiente manera.

  • Multa Tipo 1: $98.362. (algunos comportamientos: no recoger los excrementos de la mascota, obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con violación de las normas vigentes, entre otros).
  • Multa Tipo 2: $196.724. (algunos comportamientos: agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad policiva, iniciar una riña que pueda derivar en agresión física; portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público; trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal, correas y demás elementos establecidos, entre otros).
  • Multa Tipo 3: $393.449. (algunos comportamientos: consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio público, entre otros).
  • Multa Tipo 4: $786.898. (algunos comportamientos: realizar necesidades fisiológicas en espacio público, arrojar basuras en espacio público o hacer mal uso de las líneas de emergencia, entre otros).

Igualmente existen multas especiales, que hacen referencia a los comportamientos que puedan adoptar los organizadores de actividades que involucren grandes aglomeraciones de público, la infracción urbanística y la contaminación visual.

Foto: cortesía Policía de Colombia

Cuando un efectivo de la Policía Nacional conozca un caso que esté afectando las buenas relaciones ciudadanas y vea necesaria la aplicación de una medida correctiva, entregará una orden de comparendo en un formato físico establecido a la persona o las personas que tengan comportamientos contrarios a la convivencia.

Hay que destacar que las multas de tipos 1 y 2 ofrecen a los ciudadanos la posibilidad de conmutarlas totalmente por otras medidas correctivas, como la participación en programas comunitarios o en actividades pedagógicas que promuevan la convivencia, lo cual refleja el espíritu preventivo de la norma. Esto debe hacerse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la orden de comparendo.

Así mismo, las multas tipos 3 y 4 pueden llegar a tener un descuento del 50 por ciento, siempre y cuando los ciudadanos la cancelen dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición de la orden de comparendo en las cuentas que para este efecto tengan dispuestas las administraciones distritales y municipales. Incluso, se puede obtener un descuento adicional del 25 por ciento si dentro de ese mismo lapso el ciudadano participa en los programas comunitarios o en las actividades pedagógicas de convivencia.

Es preciso recordar que todo procedimiento de policía puede ser grabado por la ciudadanía y por los mismos uniformados, con el ánimo de garantizar la transparencia de los casos. Así mismo, aquellas personas que no estén de acuerdo con las medidas correctivas impuestas, podrán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la imposición del comparendo ante los inspectores de policía, quienes conocerán el caso y tomarán una decisión sobre el cobro.

Si transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa esta no ha sido cancelada con los intereses respectivos, la persona no podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas. Tampoco podrá ser nombrado o ascendido en cargo público, ingresar a las escuelas de formación de la fuerza pública, contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado u obtener o renovar el Registro Mercantil en las Cámaras de Comercio.

Las administraciones distritales y municipales destinarán el 60 por ciento del recaudo de las multas a actividades de cultura ciudadana, pedagogía y prevención en materia de seguridad y, el 40 por ciento restante, a la materialización de las medidas correctivas.

No crea en mitos

Desde la entrada en vigencia del Código se han tejido una serie de mitos, no solo sobre los comportamientos contrarios a la convivencia, sino en referencia a las medidas correctivas. Aquí, algunos de ellos:

  1. Van a multar a quienes no porten la cédula. Falso. La nueva norma establece medidas correctivas solo para aquellos que se nieguen a entregar su número de documento y nombre completo a las autoridades, en medio de un procedimiento. Solo basta con entregar los datos reales.
  1. Los ciclistas que se movilicen con audífonos serán multados. Falso. Los ciclistas pueden movilizarse con estos elementos y no tendrán que pagar una multa.
  1. Las autoridades perseguirán a las personas que se besen en la calle. Falso. El artículo 33 señala: “No constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias de las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o identidad de género, manifiesten expresiones de cariño, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad”.
  1. El kit de emergencia debe llevarse en la parte delantera del vehículo. Falso. Por seguridad, los conductores deben transportar el kit de emergencia en el baúl de los automotores.
  1. Las empresas que pidan prueba de embarazo para el ingreso de mujeres serán multadas. Falso. Cada empresa tiene derecho a establecer normas laborales de ingresos.
  1. Está prohibido lactar a un bebé en lugares públicos. Falso. Este es un acto maternal y natural.
  1. La Policía les quitará la mercancía a los vendedores ambulantes. Falso. Los vendedores ambulantes serán reubicados de acuerdo a las alternativas que les brinden las autoridades locales.

 

BC Noticias

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba
Esta página utiliza Cookies    Más información
Privacidad