CaldasNaturaleza

En la vereda Alto Sevilla del municipio de Supía realizaban explotación ilegal de oro aluvial

El pasado 30 de junio, la Autoridad Ambiental acompañó a funcionarios del Grupo de Carabineros – Policía Nacional  Seccional Caldas -, a una visita de campo a la vereda Alto Sevilla del municipio de Supía, con el propósito de emitir un concepto técnico relacionado con los daños ambientales asociados a dos presuntas explotaciones ilícitas de yacimientos mineros de oro aluvial.

Durante el recorrido se observaron dos explotaciones subterráneas de oro aluvial conocidas como cúbicos, con el propósito de recuperar el oro existente dentro de los materiales (arenas y gravas) que componen los depósitos aluviales sobre la margen izquierda aguas abajo del río Supía. En el lugar se encontraron 8 individuos que realizaban explotaciones mineras ilegales con equipos y elementos mineros como: malacates, palas, baldes, mangueras, canecas y red eléctrica hechiza, entre otros. Los presuntos responsables y la herramienta utilizada quedaron a disposición de la Policía Nacional. 

Las personas no aportaron documentos que respaldaran la legalidad de la actividad de explotación de oro aluvial como el Título Minero y la Licencia Ambiental, conforme a lo estipulado en la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015. Tampoco se encontraron documentos o permisos que se asociaran al uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales identificados, como Concesión de Aguas, Permiso de Vertimientos, Aprovechamiento Forestal o para el transporte del material vegetal. 

Los impactos negativos o daños identificados sobre el medio ambiente y los recursos naturales en un área afectada de 450 m2 en el cúbico 1 y 180 m2 en el cúbico 2, fueron:

·         Afectación de cobertura vegetal de especies como: yarumos, leguminosas, caña brava, mano de oso, botón de oro, cordoncillo, aráceas, bromeliaceas, rubiáceas y poaceas, entre otras. 

·         Contaminación de las aguas del río Supía por el aporte de sedimentos y/o rocas provenientes del lavado de arenas y gravas. 

·         Contaminación del suelo por el vertimiento directo de aguas no domésticas cargadas con sólidos (vertimientos industriales), provenientes de las labores de beneficio minero (lavado de arenas y gravas). 

·         Inadecuada disposición de residuos sólidos ordinarios y peligrosos (recipientes y empaques plásticos, papel, residuos de comida y residuos de madera, entre otros).

·         Modificación del paisaje natural debido a la introducción de la explotación minera y la infraestructura asociada sobre la ribera del río Supía. 

·         Alteración del hábitat de especies de anfibios, reptiles, aves y mamíferos, provocando su desplazamiento y afectando los procesos de dispersión de semillas e intercambio genético. 

·         Además, la explotación ilegal ponía en alto riesgo la vida de las personas que laboraban en el lugar, debido a las avalanchas, inundaciones y/o crecientes súbitas naturales de la corriente hídrica.

Cabe anotar que dentro del área de protección de la faja forestal protectora y/o llanura de inundación de cualquier corriente de agua (30 metros), no se puede desarrollar ninguna actividad de explotación minera sin autorización, de acuerdo a lo establecido en los Planes de Ordenamiento Territorial Municipales aprobados y de acuerdo a lo estipulado en el Decreto No. 1076 de 2015.

Corpocaldas trasladará copia del informe a la Alcaldía de Supía y al Grupo de Carabineros – Policía Nacional Caldas -, para lo de su competencia, según el Artículo 306 de la Ley 685.

Foto Corpocaldas

BC Noticias

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba
Esta página utiliza Cookies    Más información
Privacidad