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Consejo Superior de la Judicatura ratifica levantamiento de suspensión de términos judiciales

El Consejo Superior de la Judicatura ratificó que a partir del próximo miércoles 1º de julio se levantará la suspensión de términos judiciales.

Continuarán suspendidos los términos en la Corte Constitucional, hasta el 30 de julio próximo, para decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad y la eventual revisión de acciones de tutela.

Igualmente, continuarán suspendidos los términos en los despachos judiciales de Leticia y Puerto Nariño (Amazonas), con las excepciones previstas en los artículos 3 al 13 del Acuerdo PCSJA20-11567.

La presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Alexandra Remolina Botía enfatizó que las condiciones actuales de salubridad exigen tomar todas las medidas que sean necesarias para que la presencia en las sedes de la Rama Judicial se restrinja al máximo, con el fin de proteger la salud de servidores judiciales, abogados, usuarios y ciudadanía en general. Por ello, como regla general, ninguna sede judicial o administrativa de la Rama Judicial tendrá atención presencial al público.

La atención a los usuarios se adelantará a través de los medios y canales técnicos y electrónicos institucionales disponibles para la recepción, atención, comunicación y trámite de actuaciones por parte de los despachos judiciales, secretarías, oficinas de apoyo, centros de servicios y demás dependencias, los cuales serán definidos y comunicados en cada distrito por los consejos seccionales de la judicatura en coordinación con las direcciones  seccionales  de administración judicial.

Con este fin se encuentra publicado en la página Web de la Rama Judicial el directorio de correos electrónicos institucionales de despachos y dependencias judiciales como canal de comunicación virtual y se dispone de aplicativos o correos electrónicos para la presentación virtual de tutelas, habeas corpus y demandas.

En caso de requerirse, excepcionalmente, prestar el servicio de forma presencial, los visitantes podrán ingresar con cita o turno asignado, únicamente en los horarios establecidos por los consejos seccionales, solo al lugar autorizado y por un período de tiempo limitado, solo para las actividades estrictamente necesarias y con autorización expresa de los funcionarios judiciales.

El Consejo Superior de la Judicatura mantiene la regla de que los servidores judiciales laboren bajo el esquema de trabajo no presencial o en casa y reitera que cuando sea necesario hacerlo de manera presencial sólo podrán asistir, como máximo, el 20 % de servidores.

A partir de la expedición del Acuerdo, los consejos seccionales definirán la apertura y cierre de las sedes al público, en atención a las condiciones locales de salubridad, movilidad, de infraestructura, o las disposiciones de las secretarías de salud u otras autoridades locales, o cualquier otra circunstancia justificada y asociada a la emergencia por el coronavirus Covid-19.

El Consejo determinó también que los consejos seccionales de la judicatura, en coordinación con las direcciones seccionales, se encargarán de hacer cumplir a los servidores judiciales y los usuarios de justicia, los protocolos de bioseguridad.

Las disposiciones previstas en el Acuerdo PCSJ20-11567 expedido el 5 de junio en los artículos 14 a 40 sobre condiciones de, trabajo; ingreso y permanencia en las sedes; bioseguridad; trabajo en casa y seguimiento continúan vigentes.

Con estas decisiones el Consejo Superior de la Judicatura continúa procurando proteger la salud y seguridad de los servidores judiciales y de los abogados y usuarios al tiempo que se garantiza el servicio de justicia para todos los colombianos.

BC Noticias

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