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Concejales de Manizales pedirán a la Procuraduría y Fiscalía que investigue a Ideas Más

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Recientemente la Contraloría de Manizales realizó una auditoría a la recién empresa creada Ideas Más, la cual en el informe tuvo dos hallazgos. Dos concejales de Manizales pedirán que la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría investiguen a la recién empresa creada por el Alcalde Carlos Mario Marín.

El Concejal César Diaz mantiene su postura frente la creación de Ideas Más, ya que tiene un 99% de participación pública y no contó con la aprobación del Concejo de Manizales para su creación. A su juicio la selección del privado no fue objetivo, democrático o de méritos.

«Hoy no lo estamos diciendo nosotros, sino la auditoría de la Contraloría General del municipio donde hay dos hallazgos disciplinarios, donde hay uno sobre la firma de contratos estatales con una persona inhabilitada. El doctor Jaime Osorio estaba inhabilitado y no podía adelantar un proceso de contratación, indudablemente esto va a tener repercusiones en el contrato entre el municipio e Infimanizales para adelantar la gerencia integral de la ejecución de la tercera línea del Cable Aéreo».

Diaz señaló que adelantará una serie de denuncias ante la Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía con respecto a la nulidad administrativa que ha sido vulnerada por Ideas Más e Infimanizales. «Primero porque el municipio e Infimanizales son socios y contrataron con esta entidad para el Cable Aéreo. Está demostrado que fuera de decir que era el que le daba la idoneidad y la experiencia a Ideas Más para adelantar este contrato, hoy Ideas Más se convirtió en el contratadero de la administración municipal».

El Concejal Julián Osorio destacó que Ideas Más es una empresa ilegalmente constituida porque no pasó por el Concejo de Manizales y desconocieron a la junta directiva. «Ellos tuvieron un gerente inhabilitado por alrededor de seis meses quien firmó contratos que hoy están viciados por la ley, que se deben caer por su propio peso, tienen una secretaria general que está inhabilitada porque diseñó los estudios contractuales y precontractuales de la empresa y luego se convirtió en secretaria de la empresa. Hay unos conflictos de interéses de personas que estuvieron en los estudios de ITS Cables que hicieron los estudios previos de prefactibilidad de la línea 3 Cable Aéreo y hoy pretenden ser contratados»

Osorio enfatizó que emprenderán la lucha ante la Procuraduría para que Ideas Más sea disuelta «Si quieren volverla a crear, pues deben cumplir la normatividad vigente y con todo el rigor»

Hallazgos Contraloría de Manizales

HALLAZGO DE AUDITORÍA UNO. ADMINISTRATIVO CON PRESUNTO ALCANCE DISCIPLINARIO: VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE DEMOCRATIZACIÓN, PUBLICIDAD, SELECCIÓN OBJETIVA Y LIBRE CONCURRENCIA.

El proceso de selección aplicable en este caso es el de convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política, el Código de Comercio, la Ley 489 de 1998, la Ley 1258 de 2008, y en especial el Concepto 1513001385 de marzo 9 de 2015 de Colombia Compra Eficiente, el cual señala que ‘no existe regulación sobre el procedimiento de selección de los socios privados cuando se constituye una sociedad de economía mixta. Sin embargo, en la aplicación del principio de selección objetiva, es conveniente que las entidades estatales adelanten un proceso competitivo para garantizar que el o los socios elegidos son la mejor opción para la ejecución del objeto social»

Es por lo anterior, que al observar que no existieron criterios objetivos donde se pueda evidenciar que no existieron garantías del principio de publicidad y libre concurrencia para que se hubiera presentado una pluralidad de oferentes que desearan participar como accionistas de la empresa, toda vez que no se tuvieron criterios suficientemente justificados para establecer un único accionista privado, se esta violentando de esta manera el principio de democratización del gasto público y los principios de la función administrativa.

Una vez analizada la contradicción remitida por la entidad sujeta a auditoría, se establece que si la sociedad denominada INGENIERÍA, DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE MANIZALES S.A. E.S.P -IDEAS MÁS, es una Empresa de Servicios Públicos Mixta, la selección aplicable para la vinculación del privado aportante, en este caso es el de convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución
Política, el Código de Comercio, la Ley 489 de 1998, la Ley 1258 de 2008, y en especial el Concepto 1513001385 de marzo 9 de 2015 de Colombia Compra Eficiente, citados anteriormente y que según lo expuesto en la contradicción no fueron realizados por la sociedad IDEAS MÁS para seleccionar dicho privado en las acciones determinadas y que la hacen precisamente merecedora de esta régimen privado, que entre otros aplica al personal adscrito, o el régimen de contratación especial que lo caracteriza.

HALLAZGO DE AUDITORÍA DOS. ADMINISTRATIVO CON PRESUNTO ALCANCE DISCIPLINARIO. CONTRATOS ESTATALES SUSCRITOS POR PERSONA INHABILITADA.

Al analizar la denuncia allegada a este ente de control y remitida por la oficina de participación ciudadana a esta dependencia el día 30 de noviembre de 2021 a través de oficio PC 541 CGM 1489; relacionada con la presunta inhabilidad del gerente de la empresa IDEAS MÁS S.A E.S.P, para celebrar contratos con el estado, se observa que efectivamente se encuentra en una inhabilidad para celebrar contratos estatales , tal y como observa en el certificado de antecedentes de la Procuraduría General de la Nación.

Por lo anteriormente expuesto se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria toda vez que, si bien es cierto que no existe inhabilidad alguna para que el Gerente figure como representante legal de la sociedad IDEAS MÁS E.S.P, También es cierto que el servidor público no podía suscribir contratos estatales con entidades u organismos públicos, ya sea en forma directa, o indirectamente por medio de la sociedad, toda vez que se encuentra incurso en una sanción tipificada en la inhabilidad para celebrar contratos con el estado.

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