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Concejales de Manizales aprobaron determinar la tasa de participación de plusvalía en el 30%

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Con 13 votos a favor, 4 en contra y dos ausentes el Concejo de Manizales aprobó el Proyecto de Acuerdo (P.A) 077, por el cual se dictan disposiciones en materia del Plusvalía para la ciudad, presentado por la Administración Municipal. El proyecto pasó a sanción del alcalde.

Cabe recordar que este segundo debate fue aplazado el pasado 11 de julio luego de tres horas y media de discusión donde el ponente del proyecto César Augusto Díaz, explicó que este tributo es para nuevos desarrollos.

Los fines de este Proyecto de Acuerdo son, distribuir y sufragar equitativamente los costos del desarrollo urbano en el Municipio de Manizales, establecer un nuevo monto de participación en la plusvalía del 30% y otorgar facultades alcalde para regular la Plusvalía y expedir los actos administrativos correspondientes para su debida implementación y cobro.

La Ley 388 de 1997, en su Artículo 79, indica, monto de la participación en la Plusvalía, los Concejos municipales o distritales, por iniciativa del alcalde, establecerán la tasa de participación que se imputará a la plusvalía generada, la cual podrá oscilar entre el treinta (30%) y el cincuenta por ciento (50%) del mayor valor por metro cuadrado. Entre distintas zonas o subzonas la tasa de participación podrá variar dentro del rango aquí establecido, tomando en consideración sus calidades urbanísticas y las condiciones socioeconómicas de los hogares propietarios de los inmuebles.

“Este ajuste permitirá que una gran mayoría de predios de los que están obligados a pagar este tributo se vuelvan atractivos para los inversionistas y se desarrollen. La reducción de la participación en Plusvalía no solo garantizará la reactivación económica, sino que nos permitirá estar acorde con la tendencia prevalente de diversos territorios del país, haciéndonos competitivos y atractivos para la inversión inmobiliaria en nuestro municipio. Es una gran deuda que tiene el Municipio con la ciudadanía” expresó el concejal ponente, Cesar Díaz Zapata.

El ingeniero, Gonzalo Duque Escobar, manifestó, “van a reducir la Plusvalía urbana alegando crisis en el sector inmobiliario en Manizales. Que los especuladores de la Plusvalía urbana en Manizales, no inventen crisis inmobiliaria, y menos que le pasen factura a los precarios recursos que se demandan para la inversión social llevando infraestructura básica para cerrar brechas en el hábitat de los sectores deprimidos. Durante el primer trimestre de 2022, se evidencia un buen desempeño en ventas de vivienda a nivel nacional, frente al mismo período del año anterior. La venta de vivienda VIS creció́ un 6% (43.984 unidades) y la No VIS, aumentó un 5%(19.506 unidades). entonces: cuál crisis. Sí reducir la Plusvalía es quitarles la plata a los pobres, primero, el tema debió ser objeto de un Cabildo Abierto, y no lo que están haciendo ahora, y segundo, la medida, que castigaría recursos fundamentales para sectores marginados, resulta criminal.

Acerca de la inquietud de algunos concejales si estaban frente a una modificación de Plan de Ordenamiento Territorial, Díaz Zapata argumento que la plusvalía es un tributo y el POT es un acto jurídico que no tiene alcance de definir o determinar tributos, “estamos convencidos que podemos aprobar este proyecto, entendemos el porqué, y entregar las facultades para reglamentar y expedir los diferentes actos de la Plusvalía, espero que lo hagan de la mejor manera. Les quiero dejar claro que la Plusvalía es un tributo, no una norma urbanística del POT. No vamos a modificar el Plan de Ordenamiento Territorial”. 

“La Ley 388 de 1997 en su primera parte define los contenidos del POT como son, componentes, contenidos y normas urbanísticas y están desarrolladas antes de la revisión o adopción de POT, después viene el desarrollo de la plusvalía como un instrumento financiero y en esta parte define que se adoptará por un acuerdo.  Esto permite concluir que no es en el mismo acuerdo del POT. La plusvalía se crea en un acuerdo independiente del POT y crea un tributo local, no puede supeditarse al procedimiento administrativo de una revisión de POT, porque no hace parte de los contenidos del mismo”, dijo Díaz Zapata.  

Desde la Administración Municipal, argumentaron que, en una revisión al panorama regional frente al cobro de la plusvalía, permitió identificar que otros municipios de la región cafetera también adoptaron esta determinación, como lo es el caso de Armenia, en dónde para el año 2009 se estableció dicha participación en el cuarenta por ciento (40 %) y, posteriormente, en el año 2013, se redujo la misma al treinta por ciento (30 %).

“Lo anterior no solo garantizará la reactivación económica de nuestra ciudad, sino que nos permitiría estar acorde con la tendencia prevalentes en diversos municipios del país, haciéndonos competitivos y atractivos para la inversión inmobiliaria en nuestro territorio”, manifestó el secretario de Planeación, Daniel Quiceno.

Asimismo, en la plenaria el concejal ponente indico que, teniendo en cuenta que la Administración Municipal inicio la “Implementación de la Ruta Plusvalía”, mediante la cual se están adelantado todos los ajustes que permitan llevar un proceso equitativo y garante con la ciudadanía; se considera este el momento oportuno para proceder a realizar la modificación en el monto de la participación, e incentivar con ello el pago del tributo por cada uno de los propietarios, garantizando además que los actos de transferencia de dominio sean exclusivamente aquellos provenientes de la autonomía de la voluntad privada.

“Este Concejo está a la altura con todos los conceptos juicios, técnicos, sobre la plusvalía en Manizales, dejamos una herramienta importante para la ciudad y para el alcalde, para que hagan la cosas bien, dejamos las herramientas y depositamos la confianza en los secretarios de Planeación, Jurídica y General, de ellos dependen que esto salga bien. El Concejo sigue dando muestras de que están a la altura de la ciudad, ocho horas de debate profundo.”, finalizó Díaz Zapata.

Los artículos aprobados fueron:

Artículo 1°. Determinar la tasa de participación de plusvalía en el treinta (30%) del mayor valor por metro cuadrado en la aplicación de la plusvalía en el Municipio de Manizales, en los términos de la Ley 388 de 1997.

Artículo 2º. Autorizar o facultar al Alcalde Municipal para expedir la reglamentación e implementación de la participación en plusvalía y demás asuntos relacionados, de conformidad con lo establecido en la Ley 388 de 1997, los Decretos Nacionales Reglamentarios 1420 de 1998, 1788 de 2004 y demás normas que reglamenten o modifiquen.

Parágrafo. La presente facultad tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Artículo 3º. Se excluyen como momento de exigibilidad del pago de la participación en plusvalía la transferencia de dominio a favor del Municipio cuando se origine por procesos de enajenación voluntaria, forzosa y/o expropiación, igualmente, cuando se dé la sucesión por causa de muerte, liquidaciones de sociedad conyugal, prescripción adquisitiva del dominio, compraventa, permuta y cesión anticipada obligatoria.

Artículo 4º.- Derogatoria y vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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