Opinión

¿Cómo actuará nuestro Presidente?

Por Sergio López

Dos decisiones han marcado la garantía del principio de la división de poderes de manera reciente en nuestro país, la primera relacionada con la medida cautelar de suspensión de efectos jurídicos del decreto expedido por el Presidente de la República frente a las facultades en materia de servicios públicos domiciliarios, y en segundo lugar, la reciente sentencia de la Corte Constitucional donde abre la posibilidad de suspender leyes en ciertos eventos en los que una norma de una ley sea abierta o manifiestamente incompatible con la Constitución, y pueda generar efectos irremediables o que lleven a eludir el control de Constitucionalidad, en estos eventos indica la Corte en su sentencia “es necesario que la Corte adopte medidas, también excepcionales, orientadas a impedir la producción de efectos del objeto de control”.

Nos encontramos así entonces en dos ejercicios de la rama judicial que demuestran el nivel de respeto e independencia de los poderes públicos que tiene el Estado Social del derecho en Colombia, escenario este que en su momento se le presentó al entonces presidente Uribe cuando la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de la ley que convocaba un referendo constitucional que pretendía autorizar la posibilidad de la reelección en su tercer periodo de presidente de la República de Colombia, bajo el argumento de la sustitución de la Constitución.

En su momento el presidente de turno Álvaro Uribe, con unas mayorías en el Congreso de la República y una alto grado de favorabilidad en el país, aceptó y respetó el fallo de la Corte Constitucional; hoy tenemos un Presidente que en sus ultimas intervenciones viene convocando al pueblo para que salgan a las calles a fin de generar presiones para que el Congreso de la República apruebe los proyectos de ley que tiene en curso, en particular la reforma a la salud y el Plan Nacional de Desarrollo, presiones que si bien pueden afectar la decisión de los Congresistas considerando el carácter político de estos servidores públicos, no podríamos decir lo mismo frente al ejercicio de administrar justicia de los jueces.

En este escenario esperemos que el actual presidente respete la decisión de la honorable Corte Constitucional y la propia del Consejo de Estado frente al decreto de competencias en servicios públicos domiciliarios, y no convoque al pueblo a las calles a fin de generar paros y presiones a la rama judicial o en su caso desconozca las decisiones de las Altas Cortes en particular de la guardiana de nuestra Constitución Política de 1991, mucho más cuando es gran conocedor de las acciones en el sistema Interamericano de derechos humanos frente a la Comisión y Corte Interamericana de Derechos humanos en el evento que tales decisiones considere vulneren sus derechos civiles y políticos ahora en su condición de Presidente de la República.

En el evento de convocar el pueblo a las calles para desestimar las decisiones de las Altas Cortes, tendremos que decir que seremos testigos del declive de nuestro Estado Social del derecho y el inicio de la oscuridad para la democracia de nuestro país.

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