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CIDH entregó informe sobre protestas en Colombia

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta las observaciones y recomendaciones de su visita de trabajo a Colombia realizada del 8 al 10 de junio de 2021, las cuales tienen por objetivo contribuir con la consolidación del diálogo como mecanismo para la superación de la conflictividad social.

La CIDH destaca que las observaciones y recomendaciones que se presentan adjuntas a este comunicado, están basadas en los estándares del sistema interamericano de derechos humanos relacionados con el derecho a la protesta, el uso desproporcionado de la fuerza, la violencia sexual y de género, el enfoque étnico-racial, el uso de la figura de traslado de protección y desaparición de personas, el uso de facultades disciplinarias, asistencia militar y la aplicación de la jurisdicción penal militar, la protección a periodistas, a la libertad de expresión y el acceso a internet, entre otros.

En tal sentido se presenta un relevamiento del contexto país en el cual se iniciaron las protestas, se enfatiza el llamado al diálogo para superar el conflicto social, así como las investigaciones con debida diligencia, el enfoque integral que permita sancionar a responsables de las violaciones a los derechos humanos identificadas y reparar a las víctimas; la protección a periodistas y las misiones médicas.

Se resalta que el Estado de Colombia y la sociedad en su conjunto tienen una oportunidad única para revertir la situación actual hacia una nueva etapa de participación ciudadana. Esto mediante un diálogo efectivo e inclusivo para abordar las demandas legítimas de la población, con el máximo respeto a los derechos humanos y en el marco democrático del Estado de Derecho.

Para la elaboración de las observaciones y recomendaciones, la CIDH tuvo en cuenta la información recibida antes, durante y después de la visita por parte del Estado, organizaciones de la sociedad civil y diversos sectores. Adicionalmente, consideró la información recibida mediante los testimonios recabados durante la visita. Al respecto, la Comisión Interamericana destaca que recibió un total de 2.908 solicitudes para brindar testimonio, de las cuales se logró recabar, priorizando criterios de representatividad y diversidad, al menos 302 testimonios de forma individual y colectiva, lo que implicó escuchar a más de 500 personas; además, dichos testimonios fueron debidamente registrados, sistematizados y analizados. La metodología utilizada para la toma de testimonios priorizó el diálogo, la privacidad, seguridad y confianza para las personas entrevistadas.

Cabe destacar además que, en la visita de trabajo, la Comisión sostuvo reuniones con autoridades de las distintas ramas del poder público y órganos de control, a nivel nacional, departamental, distrital y municipal. Asimismo, se reunió con diversas víctimas de violaciones de derechos humanos, personas defensoras, colectivos de mujeres, afrodescendientes, indígenas, periodistas, representantes de movimientos sociales, gremios empresariales y agentes de la fuerza pública. Del mismo modo, se reunió con la representante de la Oficina de las Naciones Unidas, y representaciones del cuerpo diplomático.

La Comisión Interamericana manifiesta nuevamente su solidaridad con todas las víctimas de violaciones a sus derechos humanos en el contexto de las protestas y sus familias, es necesario rendir un homenaje a quienes perdieron la vida, las mujeres víctimas de violencia sexual, las personas que fueron heridas y víctimas de lesiones oculares, las personas desaparecidas; recalcando la importancia de la justicia y reparación para ellas y ellos será imprescindible en el reconocimiento de la dignidad humana y para avanzar en un proceso de reconciliación social, diálogo y reafirmación del Estado social de derecho.

Asimismo, la Comisión anuncia la instalación de un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia que contribuya a la consolidación de la paz en los diversos sectores de la sociedad.

La delegación de la visita de trabajo de la CIDH estuvo conformada por su Presidenta, Comisionada Antonia Urrejola, los Comisionados Joel Hernández y Stuardo Ralón, la Secretaria Ejecutiva, Tania Reneaum Panszi, la Secretaria Adjunta de Monitoreo, Promoción y Cooperación Técnica, María Claudia Pulido, el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Pedro Vaca, e integrantes del equipo técnico de la Secretaría Ejecutiva y de la Relatoría de Derechos Económicos Sociales, Culturales y Ambientales, quienes visitaron las ciudades de Bogotá, Cali, Tuluá, Buga y Popayán.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Recomendaciones

Con base en sus observaciones y a la luz de las normas que rigen el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en particular la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la CIDH emite las siguiente recomendaciones al Estado de Colombia:

Recomendaciones generales

  • Promover y reforzar, desde el más alto nivel del Estado, un proceso nacional de diálogo genuino, con enfoque territorial, que permita la escucha de todos los sectores, en especial a aquéllos que han sido más afectados por discriminación histórica, social y estructural en el país.
  • Tomar medidas con el objeto de reforzar la confianza de la ciudadanía en el Estado a partir del perfeccionamiento de la independencia práctica y efectiva de los poderes públicos y entes de control.
  • Fortalecer la garantía y protección de los DESCA, particularmente los derechos a la salud, a la alimentación, a la educación, al trabajo y a la seguridad social, con un enfoque de igualdad y no discriminación, participación ciudadana y rendición de cuentas que favorezca la inclusión social y la creación de oportunidades.
  • Adoptar las disposiciones necesarias para garantizar la vida, integridad personal y seguridad de todas y cada una de las personas que dialogaron y testificaron

Recomendaciones generales sobre el derecho a la protesta social

  • Respetar y garantizar el pleno goce del derecho a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de toda la población.
  • Promover el estándar interamericano según el cual los funcionarios públicos tienen el deber de abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen o inciten a la violencia contra las personas que participan de las manifestaciones y protestas, en especial jóvenes, pueblos indígenas, personas afrodescendientes, mujeres, personas LGBTI y personas defensoras de derechos humanos.
  • Elaborar y aprobar una ley estatutaria que regule los alcances y limitaciones del derecho a la protesta en Colombia, de acuerdo con lo dictado por la Corte Suprema y en conformidad a los estándares internacionales en la materia.

Recomendaciones sobre el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en el marco de las protestas

  • Ejecutar, en el marco de las protestas y manifestaciones, los operativos de seguridad con estricto apego a los protocolos del uso legítimo de la fuerza y en cumplimiento a los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad establecidos en los estándares internacionales. Asimismo, tomar las medidas necesarias para el cese inmediato del uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad de Colombia en el marco de las protestas sociales.
  • Asegurar que las fuerzas de seguridad que intervengan para proteger y controlar el desarrollo de las manifestaciones y protestas tengan como prioridad la defensa de la vida y la integridad de las personas, absteniéndose de detener arbitrariamente a manifestantes o de violar sus derechos en cualquier otra forma, de acuerdo con los protocolos vigentes.
  • Asegurar que el uso de medios no letales de control del orden público estén sometidos a un protocolo estricto que prevenga y sancione su uso en grave afectación de la integridad y salud de personas manifestantes.
  • Implementar, de manera inmediata, mecanismos para prohibir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso en las manifestaciones públicas.
  • Reforzar y reestructurar los procesos de formación, entrenamiento y capacitación de las personas integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado, incluyendo un enfoque étnico-racial y de género, así como, sobre los derechos de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas, con la finalidad de consolidar su más amplio entendimiento y respeto sobre el derecho a la libertad de expresión, la debida y legítima actuación en el marco de las protestas, así como, las excepciones y limitantes del uso de la fuerza.
  • Tomar medidas urgentes, en ámbitos de formación, utilización de protocolos de actuación y creación de mecanismos de rendición de cuentas, que promuevan que el ESMAD cumpla funciones de garantía del orden público y el ejercicio del derecho a la protesta, así como limitar su actuación solamente a casos estrictamente necesarios .
  • Separar a la Policía Nacional y su ESMAD del Ministerio de Defensa a fin de garantizar una estructura que consolide y preserve la seguridad con un enfoque ciudadano y de derechos humanos, y evite toda posibilidad de perspectivas militares.
    • Adoptar las medidas necesarias para asegurar la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad del Estado, por medio de la investigación, de forma imparcial, exhaustiva y expedita de las denuncias de violación de derechos humanos; así como juzgar y sancionar a los responsables. De igual manera, reparar a las víctimas y sus familiares.
    • Sistematizar los datos sobre personas fallecidas, heridas, detenidas, desaparecidas y víctimas de violencia de género como consecuencia de las protestas sociales de manera transparente, actualizada, clara, concisa y articulada con la información brindada por la sociedad civil. El registro debe ser específico y tomar en cuenta datos desagregados por origen étnico-racial, edad, sexo, orientación sexual, identidad y/o expresión de género. Asimismo, este debe proveer un sustento informativo básico para las acciones de reparación de los daños causados, incluyendo la garantía por parte del Estado de que aquellas personas que requieran atención integral de salud podrán recibirla gratuitamente.
    • Proveer y coordinar con urgencia programas de reparación integral a las víctimas, especialmente en aquellos casos en la que agentes de seguridad del Estado incurrieron en actos de violencia sexual como mecanismo de tortura y provocaron traumas oculares con la finalidad de ejercer control sobre las personas manifestantes. Dichos programas deberán tener una cobertura nacional, ser integrales, basarse en las perspectivas de género, interculturalidad e intergeneracionalidad, además de cubrir la atención psicosocial y de salud mental de las víctimas, familiares y comunidad en general.

Recomendaciones respecto a la violencia basada en género

  • Adoptar las medidas necesarias para reforzar los mecanismos de acceso a la justicia para mujeres, niñas y personas LGBTI víctimas de violencia de género en el contexto de las protestas sociales, incluyendo mecanismos de denuncia, atención, investigación y reparación con perspectiva diferenciada, de proximidad y de atención por personal especializado.
  • Reforzar los mecanismos tradicionales de respuesta a la violencia de género, adoptando canales alternativos de comunicación y fortaleciendo las redes comunitarias para ampliar los medios de denuncia y órdenes de protección.

Recomendaciones sobre la violencia basada en discriminación étnico-racial: Pueblos indígenas, Personas Afrodescendientes y Comunidades tribales

  • Adoptar todas las medidas razonables y positivas necesarias para prevenir, eliminar y revertir o cambiar las situaciones discriminatorias que perpetúen la estigmatización, los prejuicios, las prácticas de intolerancia y la criminalización contra las personas por su origen étnico-racial, identidad de género, situación migratoria, origen nacional, o cualquier otra situación que obre en el deterioro de su dignidad humana.

Recomendaciones sobre el uso de la figura de traslado de protección y desaparición de personas

  • Tomar las medidas necesarias restringir el uso de la figura del traslado por protección a situaciones de debilidad o vulnerabilidad, circunstancial o permanente de personas en concordancia al Código Nacional de Policia y Convivencia Ciudadana. Asimismo, abstenerse de utilizar dicha figura policial de manera generalizada en el marco de las protestas y manifestaciones.
    • Garantizar el derecho al debido proceso a las personas que hayan sido detenidas en el marco de las protestas.
    • Asegurar que los familiares de personas detenidas, y en su caso sus representantes legales, tengan acceso a toda la información sobre el proceso de detención.
    • Realizar una revisión legal independiente e individualizada de todas las imputaciones interpuestas a las personas arrestadas y detenidas durante las protestas.
    • Liberar en forma inmediata a quienes hayan sido detenidos en forma arbitraria o injustificada y aún se encuentren privadas de la libertad.
    • Crear una comisión especial para dar con el paradero de las personas que siguen reportadas como desaparecidas; en la que se garantice la participación de los familiares.

Recomendaciones sobre el uso de las facultades disciplinarias

  • Adecuar el marco normativo interno para asegurar que la Procuraduría General de la Nación no pueda procesar ni sancionar con destitución o inhabilitación a autoridades de elección popular de conformidad a los estándares interamericanos en la materia.

Recomendaciones respecto a la asistencia militar y la aplicación de la jurisdicción penal militar

  • Garantizar que el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana esté primariamente reservado a los cuerpos de seguridad civiles.
    • Asegurar que, en caso de necesidad de participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad, esa sea extraordinaria, subordinada y complementaria a las labores de las corporaciones civiles. De igual manera debe de ser regulada y fiscalizada por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces.
    • Reformar el Decreto 575 de 2021 a fin de asegurar que la intervención de las fuerzas armadas esté compatible con el derecho internacional en la materia.
    • Asegurar que el fuero militar sólo sea utilizado para juzgar   a militares activos por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurı́dicos propios del orden militar.
    • Adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que la justicia ordinaria sea el fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos..

Recomendaciones sobre las afectaciones a derechos de terceros y bienes públicos en el marco las protestas

  • Investigar y, en su caso, juzgar y sancionar, con apego a las garantías del debido proceso, a los responsables de los delitos cometidos en el marco de las protestas.

Recomendaciones sobre los cortes de ruta

  • Abstenerse de prohibir de manera generalizada y a priori los cortes de ruta como modalidades de protestas.
    • Responder a eventuales restricciones a esta modalidad de protesta con base en consideraciones particulares, siempre y cuando sus eventuales restricciones atiendan estrictamente al principio de legalidad, persigan un fin legítimo y sean necesarias en una sociedad democrática.
    • Crear un mecanismo permanente de diálogo en la estructura del Estado, conformado por negociadores entrenados en mediación de conflictos y que tengan la capacidad necesaria para avanzar con procesos de diálogos

transparentes y voluntarios, incorporando a autoridades locales, como gobernadores y alcaldes, para atender las particularidades de los territorios.

Recomendación sobre la protección a periodistas, a la libertad de expresión y el acceso a Internet

  • Garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión de conformidad con los estándares interamericanos, en particular, mediante la protección de los periodistas, comunicadores y trabajadores de los medios frente a persecuciones, intimidaciones, hostigamientos, agresiones de cualquier tipo, y mediante el cese de acciones estatales que intervengan con el libre funcionamiento de los medios de comunicación.
    • Garantizar el respeto de la independencia de los medios y abstenerse de aplicar formas directas o indirectas de censura.
    • Brindar proactiva y periódicamente información sobre el funcionamiento de las redes Internet con el fin de que las denuncias sobre eventuales interrupciones y bloqueos sean contrastables con información técnica actualizada y accesible.
    • Cesar las actividades de categorización policial de contenidos como “falsos” o “verdaderos” y abstenerse de asignar calificaciones estigmatizantes o tendientes a la criminalización de quienes se expresan a través de internet sobre las protestas.

Recomendaciones sobre misiones médicas

  • Reconocer la importancia de la labor de las misiones médicas en el ejercicio de sus tareas humanitarias en el marco de las protestas, garantizando su protección reforzada para que brinden sin obstáculos atención de salud a todas las personas sin discriminación y sin temor a represalias ni sanciones.
  • Finalmente, la Comisión advierte sobre los desafíos de derechos humanos que se pudieran presentar en futuras movilizaciones sociales. El Estado de Colombia y la sociedad en su conjunto tienen una oportunidad única para revertir la situación actual hacia una nueva etapa de participación ciudadana. Esto mediante un diálogo efectivo e inclusivo para abordar las demandas legítimas de la población, con el máximo respeto a los derechos humanos y en el marco democrático del Estado de Derecho.
  • Para dichos efectos, la Comisión insta al Estado a reforzar desde el más alto nivel del Estado un proceso de diálogo y reconciliación multidimensional que permita desactivar las tensiones y hostilidades latentes en la sociedad colombiana, así como incrementar la confianza en las instituciones estatales.

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