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Avanza la aprobación de vigencias futuras para la operatividad de la Línea II del Cable Aéreo

En la Asamblea de Caldas se llevó a cabo el primer debate del proyecto de la Ordenanza No 048 por medio de la cual se autoriza al gerente de Inficaldas para que asuma obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras ordinarias con destino a la celebración del contrato interadministrativo con la Asociación Cable Aéreo para la administración, operación y mantenimiento de la II, la cual conecta a Cámbulos – con Villamaría.

El ponente de esta Ordenanza, el diputado Manuel Orlando Correa Bedoya, manifestó dentro de la ponencia la importancia de terminar anticipadamente y de mutuo acuerdo el contrato AC 48- 2021, que termina el 31 de diciembre, y dado el inicio de la Ley de Garantías no se podría celebrar un nuevo contrato el 1 de enero de 2022. El nuevo contrato iniciaría el 1 de noviembre de 2021 y terminaría el 30 de junio de 2022.

Correa Bedoya, indicó que como sucede en otras ciudades en el mundo en las cuales los sistemas de cable aéreo son exitosos, para que el sistema sea rentable y autosostenible, el Cable Aéreo debe estar integrado con los otros medios de transporte que funcionen en la ciudad, de lo contrario, el sistema actual continuará con un déficit presupuestal progresivo, que afecta gravemente las finanzas de Inficaldas.

Igualmente, el diputado explicó que los primeros contratos celebrados con la Asociación Cable Aéreo no tenían valor para Inficaldas, toda vez que, para esos años, la Asociación arrojaba un superávit en la operación lo que significaba un ingreso para el Instituto, no obstante, para el año 2018, la situación cambió, y los ingresos recaudados por los usuarios que utilizan el sistema disminuyeron ostensiblemente, generando un déficit cada vez mayor.

“Es este orden de ideas, la información suministrada por Inficaldas, evidencia la imperiosa necesidad que le asiste al Instituto, de garantizar la prestación de este servicio. Lo anterior teniendo en cuenta que el Contrato Interadministrativo AC 48-2021, suscrito entre Inficaldas y Cable Aéreo, inició el 1 de marzo de 2021 y termina el 31 de diciembre de 2021. No obstante, a partir del 13 de noviembre de 2021, inicia la Ley de Garantías y a partir de esa fecha no se podrán celebrar contratos interadministrativos, lo que conlleva la búsqueda de una solución que garantice la continuidad del servicio de transporte de la línea II del Cable Aéreo” manifestó el diputado.

El debate continuará este jueves a las 9:00 a.m. en Comisión Segunda o de Asuntos Económicos.

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