59 municipios de Colombia recuperan las competencias de administración de recursos para obras de agua y saneamiento

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón, anunció que 59 municipios de Colombia recuperarán las competencias de administración de recursos para obras de agua potable y saneamiento básico.

Esta noticia se da luego de la expedición de la Ley 1977 de 2019, por medio de la cual se modificó el artículo 4 de la Ley 1176 de 2007, en lo que concierne al proceso de certificación de los municipios y distritos para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico y para el aseguramiento de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

En este sentido, el Ministro Malagón anunció que dentro de los 6 meses siguientes a la expedición de la Ley, los municipios que recuperen la administración de los recursos “deberán adoptar un plan de gestión de agua potable y saneamiento básico que, además, debe estar alineado con los parámetros generales definidos por el Ministerio”.

Así mismo, explicó que se suspenderá el giro de los recursos del Sistema General de Participaciones a los departamentos que administraban los recursos de los municipios descertificados, y se activará el giro a la cuenta maestra que tenga registrada el municipio.

“El municipio que reasume la competencia y el departamento, a más tardar el 30 de agosto, deberán realizar una reunión de empalme para realizar un cierre presupuestal y financiero de la gestión realizada por la administración departamental”, señaló.

Entre tanto, el Viceministro de Agua, José Luis Acero, explicó que el Ministerio de Vivienda brindará asistencia técnica a los municipios y departamentos que reasumen la competencia, hasta el 30 de agosto, con el fin de socializar los efectos de la Ley y los trámites que deben adelantar.

“En el mes de septiembre publicaremos el proyecto de Decreto para la participación ciudadana, que define los parámetros generales para los planes de gestión de agua potable y saneamiento básico a adoptar por parte de las entidades territoriales que se encontraban descertificadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley”, indicó Acero.

El Viceministro añadió que, de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley 1977, el proyecto de Decreto de reglamentación de la Ley dará los lineamientos para que los municipios y distritos adopten su plan de gestión antes del 24 de enero de 2020.


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