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12 menores de edad fueron entregados al ICBF por trabajar en Caldas

La Policía Nacional en Caldas mediante unidades del Grupo de Protección a la Infancia y Adolescencia y en desarrollo a los planes  para erradicar el Trabajo Infantil en Caldas lograron distintas actividades en contra de dicho flagelo. El 5 de marzo se realizó una actividad de impacto simultánea en los municipios de Riosucio, Anserma, Chinchiná y La Dorada para combatir prevenir y erradicar el trabajo infantil por parte del Grupo de Protección a la Infancia y Adolescencia del departamento de Policía Caldas en aras de garantizar el derecho pleno y armónico de los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes en Caldas como demanda la Ley 1098/2006 artículo 88, en el marco de las competencias y funciones.

En la actividad de prevención, vigilancia y control fueron dejados a disposición de Bienestar Familiar 6 niños, 2 niñas, 3 adolescentes masculinos y 1 adolescente femenina para un total de 12 menores de edad que se encontraban laborando en lavaderos de carros, venta de dulces en los semáforos y restaurantes. De igual forma se aplicó un comparendo a un establecimiento abierto al público por inducir a niños, niñas o adolescentes a la explotación laboral. 

Los menores antes mencionados fueron dejados a disposición del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Comisaría de familia para restablecimiento de los derechos, puesto que el trabajo infantil resulta peligroso por su naturaleza o condición, ya que este flagelo social impide el desarrollo escolar de los niños, niñas y adolescentes e implica un daño para la salud, al tratarse de actividades que los ponen en peligro de sufrir daños físicos, morales y psicológicos.

De igual forma los padres de los niños afrontarán sanciones hasta el punto de perder la patria potestad.

«Hacemos énfasis en la responsabilidad que le asiste a padres de familia, cuidadores, instituciones públicas y privadas, autoridades y a todas las personas respecto al cuidado, protección y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. El trabajo es una actividad que vulnera los derechos de esta población de vital protección y cuidado. Por ello, la ley 1098 del 2006 por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, recita en su artículo 20 los derechos de protección donde relaciona que los niños, niñas y adolescentes serán protegidos en esta actividad», señaló la Policía de Caldas.

Numerales relacionados con el trabajo:

12. El trabajo que por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo es probable que pueda afectar la salud, la integridad y la seguridad o impedir el derecho a la educación.

También el artículo 35 de la misma ley trata de la edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar.

La edad mínima de admisión al trabajo es los quince (15) años. Para trabajar, los adolescentes entre los 15 y 17 años requieren la respectiva autorización expedida por el Inspector de Trabajo o, en su defecto, por el Ente Territorial Local y gozarán de las protecciones laborales consagrados en el régimen laboral colombiano, las normas que lo complementan, los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia, la Constitución Política y los derechos y garantías consagrados en este código.

Los adolescentes autorizados para trabajar tienen derecho a la formación y especialización que los habilite para ejercer libremente una ocupación, arte, oficio o profesión y a recibirla durante el ejercicio de su actividad laboral.

PARÁGRAFO. Excepcionalmente, los niños y niñas menores de 15 años podrán recibir autorización de la Inspección de Trabajo, o en su defecto del Ente Territorial Local, para desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo. La autorización establecerá el número de horas máximas y prescribirá las condiciones en que esta actividad debe llevarse a cabo. En ningún caso el permiso excederá las catorce (14) horas semanales.

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