Vence el plazo para que entidades sin ánimo de lucro actualicen el RUT

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, informó  a las entidades sin ánimo de lucro creadas entre el primero (1) de enero y el 31 de diciembre de 2017 que quieran pertenecer al Régimen Tributario Especial, por el año gravable 2017, que deben actualizar el Registro Único Tributario -RUT con la responsabilidad “Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta y Complementario “04”, a más tardar el 31 de enero de 2018.

La DIAN también precisa que, para continuar en el régimen durante el año gravable 2018, y obtener el beneficio fiscal en materia del Impuesto sobre la renta y complementario, deberán presentar y radicar la información necesaria a través del aplicativo que para el efecto disponga la DIAN en su página web www.dian.gov.co, a más tardar el 30 de abril de 2018.

Por otra parte, tanto aquellas entidades determinadas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, que por efecto de la Reforma Tributaria Ley 1819 de 2016 (parágrafo transitorio segundo, artículo 19 E.T), pasan a ser contribuyentes del Régimen Tributario Especial, como los contribuyentes que a 31 de diciembre de 2016 pertenecían al Régimen Tributario Especial, pero que no tenían esta responsabilidad registrada en el RUT y por ende no fueron incluidos en la base de datos publicada por la DIAN durante el año 2017, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

– Actualizar el RUT, para el año gravable 2017, con la responsabilidad “Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta y Complementario “04”, agendando su cita a través del portal de la entidad, con anterioridad al 30 de abril de 2018.

– Presentar y radicar la información necesaria a través del aplicativo que para el efecto disponga la DIAN en su página web www.dian.gov.co, a más tardar el 30 de abril de 2018, con el fin de permanecer en el régimen tributario especial durante el año gravable 2018.

 

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