Se levantó medida preventiva de suspensión a la empresa Surtipieles 

Corpocaldas anunció que en ejercicio de las funciones sancionatorias establecidas por ley, levanta la medida preventiva impuesta a través del Auto Nro. 2018-0391 del 07 de febrero de 2018, a la empresa Salvador Giraldo Sucesores S.A.S Surtipieles, consistente en la suspensión del procesamiento de residuos generados en las centrales de sacrificio y/o carnicerías.
El levantamiento se realiza debido al cumplimento en los condicionamientos requeridos por la Autoridad Ambiental, los cuales consistían en la presentación de una propuesta donde se detallaran las actividades, costos y tiempos para controlar las emisiones de olores ofensivos provenientes del proceso productivo, tramitaran el permiso de emisiones atmosféricas y demostraran el cumplimiento de las normas de emisión de combustión y/o producción, del funcionamiento de una nueva caldera con capacidad de seis toneladas de vapor/hora.
“La empresa presentó un cronograma con acciones que Corpocaldas considera adecuadas, algunas de ellas son: modificar sus horarios de trabajo y aplicar algunos productos que permitan hacer un control de olores. La Corporación continuará haciendo monitoreo permanente al cumplimiento de esas actividades planteadas y con ello se espera disminuir los impactos generados”, comentó Adriana Martínez Gómez, subdirectora de Evaluación y Seguimiento Ambiental.
De acuerdo al Auto No. 0991 del 13 de abril de 2018, se aprueba la propuesta para lograr la disminución del impacto de los olores ofensivos, con las siguientes condiciones:
• Desarrollar el cronograma de actividades propuesto en el plan de trabajo y cumplir cada una de las acciones planteadas.
• Procesar en la planta de producción una cantidad de materia prima tal, que los equipos de control de emisiones existentes se puedan tratar adecuadamente, y así evitar al máximo la generación de olores ofensivos.
• Su funcionamiento será en horario nocturno.
En cuanto al permiso de emisión para la nueva caldera, este inició trámite administrativo de solicitud mediante Auto 974, teniendo en cuenta que se presentaron los documentos requeridos, entre ellos el estudio de evaluación de fuentes fijas elaborado por el Laboratorio de Salud Pública de la Universidad de Antioquia.
Historial del proceso
• Mediante la Resolución Nro. 458 del 05 de mayo de 2015, se declaró responsable a la empresa Salvador Giraldo Sucesores S.A.S Surtipieles, por la infracción de los artículos 36, 37, 38 y 39 de la Resolución Nro. 909 de 2008, proferida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en los cuales hace referencia a los estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire para instalaciones de tratamiento térmico de subproductos de animales.
• Se le impuso una sanción pecuniaria, la cual fue cancelada en su totalidad, en junio de 2015.
• La Secretaría General de Corpocaldas, a través del Auto 2018-0392 del 07 de febrero ordenó la apertura de la investigación ambiental a la empresa.

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