Niegan nulidad de destitución de exministro Fernando Londoño

El Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda que presentó el exministro del Interior y de Justicia Fernando Londoño Hoyos contra el fallo por medio del cual la Procuraduría lo destituyó y lo inhabilitó para el ejercicio de funciones públicas durante 15 años.

Para la Sala Plena de la alta corporación, la decisión del Ministerio Público se encontró ajustada a la ley, toda vez que se probó que el exfuncionario sí incurrió en el conflicto de intereses y abuso de autoridad que se le endilgó en el curso del proceso disciplinario.

A juicio de la Sala Londoño incurrió en la falta al no declararse impedido para interceder ante las autoridades colombianas, en favor de un consorcio responsable de la ejecución de una obra en la vía Bogotá – Villavicencio, a pesar de que había sido su apoderado.

El exministro había sido contratado por el consorcio italiano Recchi Grandi Lavori Fincosit para que lo representara en el curso de las reclamaciones surgidas en torno contrato celebrado con el Instituto Nacional de Vías (Invías) para el desarrollo de esa trascendental obra vial.

Producto del litigio, el Invías fue condenado a pagarle al consorcio más de 25.000 millones de pesos en el 2001. Dado que esa entidad no había cumplido la condena en el 2003, el entonces embajador de Italia en Colombia Francesco Peano se dirigió a Londoño, quien  ya ostentaba el cargo de jefe de la cartera del Interior y de Justicia, para que conminara a las autoridades responsables  a la cancelación de la deuda.

El ex alto funcionario se comunicó con la entidad condenada y con el Ministerio de Transporte, como se lo había solicitado el diplomático, a fin de que procedieran al pago. Para la Procuraduría, el exfucionario debió declararse impedido, dado que había sido apoderado por Recchi Grandi Lavori Fincosit para representarlo en ese mismo litigio. Al no hacerlo, el Ministerio público le impuso la sanción.

BC Noticias

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