Minjusticia radica proyecto de ley que adopta medidas para el acogimiento a la justicia de grupos armados organizados

El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, radicó este miércoles ante la Secretaría del Senado el proyecto de ley que busca facilitar el sometimiento a la justicia de grupos armados organizados. Esta iniciativa se radicó ante el legislativo tras ser socializada y avalada este lunes en la sesión del Consejo Superior de Política Criminal.

El proyecto crea un procedimiento especial para la sujeción a la justicia de grupos armados organizados, entendiendo estos últimos como “aquellos que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte del territorio, un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas”.

“Este es un proyecto que está dirigido a toda la criminalidad en el país que se encuentra dividida en grupos delictivos organizados y grupos armados organizados; Los beneficios que contempla el proyecto son para la sociedad colombiana, buscamos fortalecer la investigación de hechos punibles cometidos por bandas criminales a través de un acercamiento colectivo y una judicialización de los miembros de las mismas”, dijo el jefe de la cartera de Justicia.

Foto: cortesía Min Justicia

A través de un representante que designe el grupo armado organizado se le manifestará de manera escrita al Gobierno Nacional la voluntad de sujetarse colectivamente. Dicha solicitud escrita deberá contener la manifestación expresa, libre y voluntaria del grupo, información precisa que señale su estructura, las conductas delictivas que serán reconocidas, una relación detallada de sus bienes, información que conduzca a relacionar a los menores que hagan parte de esa organización e identificar las víctimas que serán reconocidas junto con un plan para repararlas.

Junto con estos documentos, el grupo armado organizado deberá remitir las respectivas actas de sujeción individual de cada uno de los miembros que se van a someter a la justicia, especificando su nombre, documentación, firma y huella. En ella, cada persona deberá especificar la fecha de ingreso a la organización, el rol o roles que asumió, las zonas geográficas donde cometió actividades delictivas, un compromiso para no volver a cometer conductas punibles y una exposición detallada de su participación en cada una de las conductas sobre las que reconoce responsabilidad.

El Minjusticia dio a conocer que este es un proyecto que será tramitado vía fast track en virtud de desarrollo de los acuerdos de La Habana que busca establecer la tranquilidad y la paz en el país. “es en esencia un paso previsto por el mismo Acuerdo Final para continuar en el camino de la paz y consolidar garantías para la participación política y la defensa de los derechos humanos”, afirmó.

El proyecto está estructurado sobre tres títulos: 1. el ámbito personal de aplicación de la ley, 2. las medidas de fortalecimiento de la investigación y la judicialización de los grupos y organizaciones criminales y 3. Establece un procedimiento especial para la sujeción de los grupos criminales en este orden. En ningún caso la sujeción a la justicia impedirá la extradición.

 

Antes de avanzar con la etapa de acercamientos, el Gobierno Nacional verificará el cumplimiento de todos los requisitos y, de avalarlos, procederá a designar una delegación para los acercamientos y las zonas de reunión donde se llevarán a cabo los encuentros entre miembros del grupo armado organizado y la delegación del Gobierno.

El tiempo de permanencia de los miembros del grupo armado organizado en las zonas designadas no será tenido en cuenta para el cómputo de las penas privativas de la libertad y, mientras se encuentren allí, no se entenderán como personas privadas de la libertad.

Una vez iniciado el proceso de sujeción a la justicia, la Fiscalía podrá suspender las órdenes de captura a los miembros del grupo armado organizado siempre que exista una solicitud previa del Consejo de Seguridad Nacional. Esta suspensión se aplicará exclusivamente en el territorio definido para los acercamientos y podrá ser revocada en el momento en el que el individuo cometa nuevos delitos o incumpla con las normas de conductas colectivas.

En cuanto a los delitos que no se encuentren en el acta de sujeción individual, es decir, que no hayan sido reconocidas expresamente por el individuo cuando manifestó su voluntad de someterse a la justicia, serán investigados y juzgados bajo las normas del Código de Procedimiento Penal.

Una vez se surta lo anterior, será posible adelantar procesos de judicialización y acusación. El fiscal, según propone el proyecto, elaborará un escrito de acusación colectivo únicamente sobre los hechos cuya responsabilidad fue reconocida en el acta de sujeción individual y formulará cargos que tendrían una rebaja de hasta el 50% de la pena. Lo anterior, únicamente sobre los hechos reseñados en el acta de sujeción y no podrán acumularse con otras rebajas o beneficios judiciales.

Si al momento de la audiencia en la que el juez debe imponer fallo condenatorio y medidas privativas de la libertad, el acusado decide no aceptar su responsabilidad, se dará por terminado su proceso de sujeción a la justicia y será judicializado con las normas previstas en el Código de Procedimiento Penal.

El jefe de la cartera concluyó asegurando que este es un gran avance que se está haciendo en aras de construir una política criminal que responda a las necesidades de un país con unos índices altos de organizaciones criminales.

BC Noticias

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