EPS pagarán traslados de pacientes y acompañantes

En plenaria del Congreso de la República se aprobó este el Proyecto de Ley No. 209 de 2018 Cámara – 98 de 2016 Senado, de autoría  del Senador Samy Merheg, “por medio de la cual se establece el servicio social complementario adscrito al sistema general seguridad social en salud para atender el transporte, manutención y alojamiento del paciente y su acompañante con criterios de eficiencia y transparencia”.

“Estamos muy felices por convertir en realidad esta Ley de la República que protege a los pacientes colombianos de escasos recursos y a sus acompañantes, permitiendo que accedan a subsidios de manutención y transporte en caso de que deban transladarse a un lugar diferente al de su residencia para acceder a servicios de salud”, comentó el Senador Samy Merheg.

La nueva ley decreta que los beneficiarios deberán estar registrados en los niveles I o II del Sisbén, ser adultos mayores, menores de edad o en condición de discapacidad.

“Hemos dado un paso muy importante en la humanización del servicio de salud, pues esta ley obliga a las EPS a cubrir los gastos del acompañante, en los casos en que el médico tratante exprese que el paciente dependa de un tercero para su desplazamiento y requiera atención permanente para garantizar su integridad física”, puntualizó Merheg.

Con la aprobación de esta importante iniciativa se espera dar respuesta a los millones de colombianos de escasos recursos que han buscado por años acceder a servicios de salud en condiciones de igualdad y eficiencia, pero que no contaban con el sustento legal para exigirlo ante sus EPS.

BC Noticias

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