Consejo de Estado recuerda las obligaciones de las instituciones frente a la erradicación de la violencia sexual

El Consejo de Estado advirtió que el Estado colombiano está en la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para investigar y sancionar la violencia contra la mujer, así como a garantizar la compensación efectiva del daño padecido por las víctimas de ese flagelo en nuestro país.

Con base en esta obligación (asumida por Colombia mediante la suscripción de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer), la Sección Quinta de la máxima instancia contenciosa protegió los derechos fundamentales de una mujer que había sido abusada sexualmente cuando apenas tenía 15 años de edad.

La víctima buscaba ser reparada luego de que el hospital en la que fue tratada con posterioridad a la ocurrencia de los hechos no cumpliera con su deber de garantizar la conservación de las muestras biológicas que le permitieran probar judicialmente lo vejámenes de los que había sido objeto. En su favor, la entidad adujo que no contaba con el equipamiento y protocolos necesarios para efectuar los procedimientos, y de ahí su argumento para no ser obligada a resarcir el daño.

El tribunal que conoció de la demanda absolvió de responsabilidad a la entidad de salud, al considerar que “nadie está obligado a lo imposible”, lo que para la Sección Quinta del Consejo de Estado constituyó un defecto fáctico, pues el juzgador no tuvo en cuenta que para la época de los hechos los responsables de atender servicios en salud estaban obligados a disponer de las exigencias necesarias para recopilar y almacenar evidencia científica indispensable para la eventual investigación y juzgamiento de episodios de violencia sexual (obligación contenida en el artículo 9º de la Ley 1146 del 2007).

Por otra parte, atendiendo a la observancia de otras obligaciones del Estado colombiano en materia de prevención de violencia sexual contra las mujeres, la Sala resolvió una acción de cumplimiento que obliga al Ministerio de Educación a cumplir con el compromiso que asumió vigilar la implementación del enfoque de género en instituciones de educación preescolar, básica y primaria.

En la misma decisión, la Sección Quinta le ordenó a la cartera entregarle al Congreso de la República (Comisión Legal para la Equidad de la Mujer) los resultados del proceso de monitoreo y vigilancia a la incorporación del enfoque de género en los proyectos institucionales de las instituciones educativas.

BC Noticias

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