Alcaldes y concejos deben enviar a la Gobernación de Caldas los actos administrativos para revisión

El objetivo de las revisiones de los actos administrativos municipales es generar transparencia y legalidad. Por esto, el Gobierno de Caldas busca ser aliado de los alcaldes del departamento en la revisión de las decisiones de los concejos y las alcaldías. Esto incluye los actos administrativos en los que se reconocen los honorarios a los concejales.

La ley 1551 del 2012 establece que estos actos los deben enviar a la Gobernación de Caldas dentro de los cinco días siguientes a su sanción y expedición, con el fin de que la Secretaría Jurídica realice la respectiva revisión, y verifique el marco legal.

“Es una función legal que tiene la Gobernación para el cumplimiento de las condiciones legales, pero lo que queremos con los municipios es ser parte de la solución de los diferentes proyectos, y a su vez asesorarlos en su quehacer administrativo”, afirmó Alejandro Franco, secretario Jurídico del Gobierno de Caldas.

La Administración Departamental tiene la facultad de remitir los actos administrativos al tribunal competente, para que decida sobre su validez, en el caso de que se encuentran motivos de inconstitucionalidad o de ilegalidad.

La revisión de los acuerdos municipales no suspende los efectos de los mismo

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